Un verdadero alboroto han armado personas inescrupulosas que llegan a la urbanización “Huellas” advirtiendo a las familias que allí habitan que deben realizar trámites ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) para legalizar los predios, pues de lo contrario corren el riesgo de perder sus viviendas.
Este medio conoció que los “avivatos” reúnen a las familias y les informan que Corvivienda ha incumplido con la entrega de escrituras y que si no realizan tramites ante el IGAC pueden perder sus casas. Solicitan a las familias que se reúnan en grupos de 10 y comiencen a recoger dinero para cancelar el proceso de escrituración, que, para cada vivienda, está alrededor de los 2 millones.
“Todo es legal”
Voceros de Corvivienda dieron un parte de tranquilidad a todos los beneficiarios de la urbanización “Huellas” al informar que, tal como ha sido explicado en repetidas ocasiones, las resoluciones administrativas de título tienen la misma fuerza de ley de una escritura pública, al declararlos como propietarios formales de sus predios.
Alberto Angulo Izquierdo, asesor jurídico de Corvivienda, explicó que mediante la modalidad de resolución administrativa, como acto legal que constituye un título de dominio una vez este es inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, el Distrito cedió formalmente y de forma gratuita la titularidad del predio donde están ubicadas cada una de las viviendas del proyecto a los habitantes del mismo, que aparecen como beneficiarios de los subsidios de vivienda otorgados por el Gobierno nacional y el distrital.
“Como lo contempla la Ley 388 de 1997 en su artículo 95, cuando cita que sobre la transferencia de inmuebles: ‘todas las asignaciones de subsidio familiar de vivienda en terrenos’ y las cesiones de que trata el artículo 58 de la Ley 9a. de 1989 que realicen las entidades públicas, se efectuarán mediante resolución administrativa, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos será plena prueba de la propiedad”, explica Angulo Izquierdo, haciendo referencia textual a la norma.
Un portavoz de Corvivienda informó que durante los últimos días, un nutrido grupo de beneficiarios del proyecto se acercaron a las oficinas manifestando que algunas personas de la comunidad, apoyadas por terceros, que no quisieron identificar,_ les informaron que las resoluciones entregadas no son documentos que brinden garantías suficientes para otorgarles titularidad plena de sus predios. “Además, indican que los propietarios deben dirigirse a una notaría a escriturar los mismos, y registrarlos a la mayor brevedad ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), con el fin de evitar una supuesta multa que se les aplicaría, en caso de no hacer una pronta verificación ante este ente”, indicó.
“Por eso Corvivienda, se ve en la obligación de informar y aclarar ante los medios de comunicación que: Como ente encargado de gestionar la política de legalización y escrituración de predios en el Distrito, la Ley 388 de 1997 y la ley 9 de 1989 lo facultan para emitir resoluciones administrativas que confieren titularidad plena de un predio de su propiedad a terceros, constituyendo este acto con suficiente fuerza de ley que otorga plenas garantías a sus nuevos propietarios, como es el caso de la Urbanización Huellas”, advierten los voceros de Corvivienda.
Instrumentos públicos
Recalcan que “es la Oficina de Registros e Instrumentos Públicos el ente encargado de expedir la documentación que evidencia quien es el dueño formal de un predio; partiendo de esa información, el IGAC debe hacer el avalúo catastral a nombre de quien aparezca como propietario”.
De acuerdo a lo que contempla el marco jurídico colombiano, una escritura pública y la resolución administrativa de título que se entregó a los beneficiarios en este caso, tienen la misma fuerza de ley para efectos de otorgar titularidad sobre un predio. La diferencia radica en que para los entes públicos territoriales, como Corvivienda, resulta más ágil y menos costoso la figura de resolución administrativa de dominio porque permite ahorrar los gastos de escrituración ante las notarías y diligenciar con rapidez el proceso en beneficio de los nuevos propietarios. - El proceso de verificación de la titularidad de predios ante el IGAC no tiene límite de tiempo y no acarrea multas por no realizar este trámite en un tiempo determinado.
Explicaron que en caso de querer hacer registro de titularidad de su predio ante el IGAC o agilizar el trámite de este, se puede hacer solicitud por medio de oficio remisorio, anexando a éste copias de la resolución que lo acredita como titular del predio y del certificado de libertad y tradición del mismo.
“Una vez Corvivienda suministró toda la información de las resoluciones para su registro en la Oficina de Instrumentos Públicos, se solicitó a esta que hiciera los trámites subsiguientes ante el IGAC. Se invita a la comunidad de beneficiarios de Huellas a que denuncien ante los órganos competentes a aquellas personas que estén brindando información errada sobre este proceso, con el fin de evitar que se presenten casos de engaño o estafa. Corvivienda ya adelanta las investigaciones de rigor para presentar las respectivas denuncias de estos casos ante las autoridades. robablemente el desconocimiento de la ley es quizás la razón por la cual existen este o de confusiones (...) es por eso imprescindible que la comunidad entienda que todos s procedimientos por medio de los cuales actúa Corvivienda son ajustados a lo que ige la norma; es importante estar atentos a los intentos de estafa y fraude”, concluyó Alberto Angulo.
Titulación de Huellas
- En 1.999, Corvivienda compra a la Urbanizadora La Carolina el lote donde hoy está ubicada la Urbanización Huellas. El proceso se registró mediante la Escritura Pública # 656/99.
- Mientras hace disposición de qué hacer con el lote, Corvivienda entrega a la fiduciaria
Serfin S.A. el predio con el fin de que este lo cuide y administre.
- Mediante Escritura Pública # 3844 del 2002, Serfin S.A. restituye el predio a Corvivienda, con el fin de que este sea usado en proyecto de VIS.
- Mediante la Escritura Pública N° 1821 de 2010 el predio es parcelado en 623 lotes, con el fin de que este sea otorgado a cada uno de los beneficiarios del proyecto Huellas.
- Una vez realizadas las resoluciones administrativas de título que declaran a los beneficiarios del proyecto como propietarios formales de sus viviendas, estas fueron enviadas a la Oficina de Instrumentos Públicos para su trámite de ley en noviembre de 2010; estas fueron devueltas con su trámite de registro cumplido en abril de 2011.
- Antes de adelantar el proceso de realización de las resoluciones, el equipo de Legalización de Corvivienda socializó con la comunidad las implicaciones que acarreaba el proceso y los alcances de la modalidad.
- De abril de 2011 a la fecha hay 530 resoluciones de título entregadas a sus propietarios, 43 pendientes por entregar y 50 beneficiarios que aún no han firmado su resolución para poder hacer el registro ante la Oficina de Instrumentos Públicos.
Cartagena
Planean estafa contra familias de urbanización Huellas
Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
2
3#printArticleJsonLd()
NOTICIAS RECOMENDADAS
Comentarios ()