Cartagena


Planean estafa contra familias de urbanización Huellas

ANÍBAL THERÁN TOM

04 de octubre de 2011 12:01 AM

Un verdadero alboroto han armado personas inescrupulosas que llegan a la urbanización “Huellas” advirtiendo a las familias que allí habitan que deben realizar trámites ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) para legalizar los predios, pues de lo contrario corren el riesgo de perder sus viviendas.
Este medio conoció que los “avivatos” reúnen a las familias y les informan que Corvivienda ha incumplido con la entrega de escrituras y que si no realizan tramites ante el IGAC pueden perder sus casas. Solicitan a las familias que se reúnan en grupos de 10 y comiencen a recoger dinero para cancelar el proceso de escrituración, que, para cada vivienda, está alrededor de los 2 millones.

“Todo es legal”
Voceros de Corvivienda dieron un  parte de tranquilidad a todos los beneficiarios de la  urbanización “Huellas” al informar que, tal como ha sido explicado en repetidas ocasiones, las resoluciones administrativas de título  tienen la misma  fuerza de ley de una escritura pública, al declararlos como propietarios  formales de sus predios. 
Alberto Angulo Izquierdo, asesor jurídico de Corvivienda, explicó que  mediante la modalidad de resolución administrativa, como acto  legal  que constituye un  título  de  dominio una vez este es inscrito en la Oficina de Registro  de Instrumentos  Públicos, el Distrito cedió formalmente y de forma gratuita la titularidad del  predio donde están ubicadas cada una de las viviendas del  proyecto a los  habitantes del mismo,  que aparecen como beneficiarios de los subsidios  de vivienda  otorgados por el Gobierno nacional y el distrital.
“Como  lo contempla  la Ley  388 de 1997  en su artículo 95, cuando cita que sobre  la  transferencia de inmuebles: ‘todas las asignaciones de subsidio familiar de vivienda  en terrenos’ y las cesiones de que trata el artículo 58 de la Ley 9a. de 1989 que realicen  las entidades públicas,  se efectuarán mediante resolución administrativa, la cual  constituirá título de dominio y una vez inscrita en la Oficina de Instrumentos  Públicos será plena prueba de la propiedad”, explica Angulo Izquierdo, haciendo  referencia textual a la norma. 
Un portavoz de Corvivienda informó que durante los últimos días, un nutrido grupo de beneficiarios del proyecto se acercaron a las  oficinas manifestando que algunas personas de  la comunidad, apoyadas por terceros, que no  quisieron identificar,_ les informaron que las resoluciones entregadas no son documentos  que  brinden garantías  suficientes  para otorgarles titularidad plena  de sus predios. “Además, indican que los propietarios deben dirigirse a una notaría a escriturar  los mismos,  y registrarlos a la  mayor brevedad ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), con el fin de evitar  una supuesta multa que se les aplicaría, en caso de no hacer una pronta verificación ante  este ente”, indicó. 
“Por eso Corvivienda, se ve en la  obligación de informar y aclarar ante los medios de comunicación que:  Como ente encargado de gestionar la política de legalización y escrituración de predios  en el Distrito, la Ley 388 de 1997 y la ley 9 de 1989 lo facultan para emitir resoluciones  administrativas que confieren titularidad plena de un predio de su propiedad a terceros,  constituyendo este acto con suficiente fuerza de ley que otorga plenas garantías a sus  nuevos propietarios, como es el caso de la Urbanización Huellas”, advierten los voceros de Corvivienda. 

Instrumentos públicos
Recalcan que  “es la Oficina de Registros e Instrumentos Públicos el ente encargado de expedir  la  documentación que evidencia quien es el dueño formal de un predio; partiendo de esa  información, el IGAC debe hacer el avalúo catastral a nombre de quien aparezca como  propietario”.
De acuerdo a lo que contempla el marco jurídico colombiano, una escritura pública y la  resolución administrativa de título  que se entregó a los beneficiarios en este caso,  tienen  la misma fuerza de ley para efectos de otorgar titularidad sobre un predio. La  diferencia radica en que para los entes públicos territoriales, como Corvivienda,  resulta  más ágil y menos  costoso  la figura de resolución administrativa de dominio porque  permite ahorrar los gastos de escrituración ante las notarías y diligenciar con rapidez el  proceso en beneficio de los nuevos propietarios.  -  El proceso de verificación de la titularidad de predios ante el  IGAC no tiene límite de  tiempo y no acarrea multas por no realizar este trámite en un tiempo determinado.
Explicaron que en caso de querer hacer registro de titularidad de su predio ante el IGAC o agilizar el  trámite de este, se puede hacer solicitud por medio de oficio remisorio, anexando  a éste copias de la resolución que lo acredita como titular del predio y del certificado de  libertad y tradición del mismo. 
“Una vez Corvivienda suministró toda la información de las resoluciones para su registro  en la Oficina de Instrumentos Públicos, se solicitó a esta que hiciera los trámites  subsiguientes ante el IGAC.  Se invita a la comunidad de beneficiarios de Huellas a que denuncien ante los órganos  competentes a aquellas personas que estén brindando información errada sobre este  proceso, con el fin de evitar que se presenten casos de engaño o estafa.  Corvivienda ya adelanta las investigaciones de rigor para presentar las respectivas  denuncias de estos casos ante las autoridades.  robablemente el desconocimiento de la ley es quizás la razón por la cual existen este  o de confusiones (...) es por eso imprescindible que la comunidad entienda que todos  s procedimientos por medio de los cuales actúa Corvivienda son  ajustados a lo que  ige la norma; es importante estar atentos a los intentos de estafa y fraude”, concluyó  Alberto Angulo.

Titulación de Huellas
- En 1.999,  Corvivienda  compra a la Urbanizadora La Carolina el lote  donde hoy está ubicada la Urbanización Huellas. El proceso se registró mediante la  Escritura Pública # 656/99.
-  Mientras hace disposición de qué hacer con el lote, Corvivienda entrega a la fiduciaria 
Serfin S.A. el predio con el fin de que este lo cuide y administre. 
-  Mediante Escritura Pública # 3844 del 2002, Serfin S.A. restituye el predio a  Corvivienda, con el fin de que este sea usado en proyecto de VIS.
-  Mediante la Escritura Pública N° 1821 de 2010 el predio es parcelado en 623  lotes,  con el fin de que este sea otorgado a cada uno de los beneficiarios del proyecto  Huellas.
-  Una vez realizadas las resoluciones administrativas de título que declaran a los  beneficiarios del proyecto como propietarios formales de sus viviendas, estas fueron  enviadas a la Oficina de Instrumentos Públicos para su trámite de ley en noviembre de  2010; estas fueron devueltas con su trámite de registro cumplido en abril de 2011.
-  Antes de adelantar el proceso de realización de las resoluciones, el equipo de  Legalización de Corvivienda socializó  con la comunidad las implicaciones que  acarreaba el proceso y los alcances de la modalidad. 
-  De abril de 2011 a la fecha hay 530 resoluciones de título entregadas a sus  propietarios, 43 pendientes por entregar y 50 beneficiarios que aún no han firmado su  resolución para poder hacer el registro ante la Oficina de Instrumentos Públicos.

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