Cartagena


Policía no hizo un pare y ahora debe pagar millonaria condena

La decisión fue proferida por el Consejo de Estado, que condenó al Ministerio a pagar cerca de $79 millones a Wilfredo Campo Escobar y Graciela de Ávila Berrio, quienes resultaron gravemente lesionados luego de ser embestidos junto a la moto en la que se transportaban por una camioneta de la Policía, conducida por un agente que omitió hacer el pare debido en una calle por el sector conocido como Bomba El Gallo, cerca del barrio 13 de Junio, en esta ciudad.
El suceso ocurrió el 17 de marzo de 1996 y pese a que atropelló a las personas que se desplazaban en la moto, el agente, quien era acompañado por otro policía, huyó del lugar sin auxiliar a los heridos.
En su investigación interna, la Policía Nacional responsabilizó disciplinariamente al agente, por lo cual lo suspendió con el pago de una multa por las mencionadas irregularidades.
Los heridos  debieron ser sometidos a múltiples tratamientos médicos y quirúrgicos que les han generado gastos, así mismo debieron dejar de trabajar y dada la discapacidad laboral con la que quedaron han visto diezmados sus ingresos mensuales, lo que ha afectado notablemente a su núcleo familiar.
En un fallo de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Bolívar accedió parcialmente a lo exigido por las personas afectadas, pero la Policía apeló tal decisión exigiendo que sea llamado en garantía al agente infractor, petición que pasó a manos del Consejo de Estado.
Fue la misma Policía Nacional la que informó al tribunal que sí está acreditado que el patrullero actuó de forma negligente e irresponsable, que “se tragó” el pare y esa fue la causa de la colisión y por lo tanto él era quien debía ser condenado a pagar la millonaria demanda.
Al resolver la petición de la Policía, el ente judicial determinó que las pruebas señalan que el agente incurrió en las faltas anotadas y fue determinante en el daño padecido por las personas heridas.
El Consejo de Estado concluyó que aunque no se aprecia que la actuación del en ese entonces agente haya sido intencional, sí es claro que fue extremadamente negligente al no hacer el pare debido, en tanto que debía tomar las mínimas medidas de precaución que debe observar todo conductor prudente y diligente.
A juicio del ente judicial, el agente debe responder con el 75% de la condena como quiera que se tiene prueba de la conducta  gravemente culposa de éste. El uniformado debe devolver a la Policía lo que le corresponde, para lo cual el ente policial debe tomar las medidas del caso.

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