Cartagena


Regulan horario de funcionamiento para establecimientos comerciales o públicos que expendan licor

EL UNIVERSAL

21 de abril de 2010 12:01 AM

Hasta las 10 de la noche de los domingos y festivos deberán funcionar, durante un mes que puede ser prorrogable, los establecimientos públicos o comerciales que expendan o que en éstos se consuman bebidas embriagantes en las tres localidades de Cartagena. La medida fue tomada a través del Decreto 0388 y aunque es de carácter temporal podrá ser prorrogada cuando se estime necesario. La Policía Nacional, de acuerdo con sus funciones constitucionales y legales, será la garante del cumplimiento de las restricciones a los establecimientos abiertos al público. LOS SITIOS Los lugares de Cartagena que tendrán restricciones en cuanto a horario para venta o consumo de bebidas embriagantes, de acuerdo con el citado decreto son: Localidad No. 1 Histórica y del Caribe Norte: 1. Canapote 2. Daniel Lemaitre (Carrera 17) 3. San Francisco 4. San Bernardo 5.Las Lomas (Sector Junín) 6. Nuevo Bosque (5ta y 6ta etapa) 7. Piedra de Bolívar (Calle San Fernando, Calle Pedro Barrios) 8. Zapatero Localidad No. 2 de la Virgen y Turística: 1. Olaya Herrera (Sector Central, 11 de Noviembre, Foco Rojo) 2. Esperanza (Sector Benjamin Herrera) 3. Candelaria 4. Boston 5. Líbano 6. Pozón (Avenida Principal) 7. Flor del Campo 8. Colombiaton 9. Avenida Pedro Romero (desde el cuartelillo de Olaya Herrera hasta la ye (Y) de la Cordialidad) Localidad No. 3 Industrial y de la Bahía: 1. San José de los Campanos 2. La Reina 3. Blas de Lezo (Avenida Kennedy) 4. Calle 15 Avenida Electrificadora 5. Nazareno 6. Manuel Vergara de Curi 7. Ternera 8. Santa Mónica 9. Unidad Comunera No. 14 10 Unidad Comunera No. 15

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