Cartagena


Sancionan construcción de vivienda en Manga

ANLLY TATIANA FLÓREZ OSPINA

20 de diciembre de 2011 12:01 AM

El Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena, a través de su División de Patrimonio ordenó la demolición de obras y restitución de un espacio en el barrio Manga, esquina de la Avenida Miramar con Carrera 17 #24-10, Manzana 162 Predio 01, diagonal al Fuerte del Pastelillo.
La construcción consta de dos pisos más altillo.
El arquitecto Juan Manuel Lara Ruiz, nuevo director de la División de Patrimonio del IPCC, explica que la sanción impuesta al inmueble se debe a que excede la altura máxima permitida en el sector.
Tras la queja de unos vecinos, arquitectos asesores de la División de Patrimonio inspeccionaron la edificación el 5 de abril de 2011, y constataron violación al exceder la altura máxima permitida de ocho metros, como se indica que debe ser en el Acta Nº 9 del 17 de septiembre de 2009 emitida por el Comité Técnico del Patrimonio.
“Según la Resolución Sancionatoria 153 del 11 de julio del 2011, se ordenó la demolición y restitución del inmueble, ya que registra la altura de nueve metros con cincuenta centímetros y vulnera la normatividad urbanística por ejecución indebida de obras, porque excedieron lo autorizado”, comenta el director de la División de Patrimonio del IPCC.
De igual forma impone una sanción al arquitecto responsable de la obra Javier Niebles Villarreal, a pagar la suma de 16 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

QUÉ PASA SI NO CUMPLEN
El funcionario Juan Manuel Lara Ruiz explica que “si no cumplen las sanciones se aplicará entonces el Artículo 104 de la Ley 388 de 1997, modificado por el Artículo 2, Numeral 5 de la Ley 810 del 2003, que hace referencia a la demolición total o parcial de las obras desarrolladas sin licencia o de parte de las mismas, no autorizadas o ejecutadas en contravención a la licencia”.
Esa intervención por parte del Distrito se hace a costas del interesado, y se podrá cobrar por jurisdicción coactiva, cuando sea evidente que el infractor no puede adecuarse a la norma”.

“NO ES ILEGAL”
El arquitecto Javier Niebles Villarreal, diseñador de la obra y representante de los propietarios del inmueble,  comenta que apeló la resolución y el fallo fue favorable a él, por lo tanto aduce que no deberá pagar la sanción.
“No es una construcción ilegal y permito referirme al Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito de Cartagena, en el cual el Capítulo VII que habla de  la periferia histórica, en su Artículo 473 menciona el área de influencia del Fuerte de San Sebastián del Pastelillo, que está constituida por las manzanas catastrales Nº 154, 155 y 162.
Agrega entonces que “se permitirán construcciones con altura máxima de cuatro (4) pisos en las manzanas catastrales 11, 117, 152, 162 (donde está la edificación en cuestión) y parte de la Manzana 678, conforme a lo señalado en el plano seis, por ende no es considerada ilegal”, manifiesta Niebles Villarreal.
Anota el arquitecto que según la norma citada, el proyecto podía acceder a los cuadro pisos, a los cuales tiene derecho; sin embargo, eso fue negado por el Comité Técnico de Patrimonio emitiendo concepto favorable solo para la construcción de dos pisos, más altillo, tal y como consta en el acta.
“Además la construcción obtuvo licencia de construcción de la Curaduría Urbana Nº 1, por medio de Resolución 0021 de febrero 3 del 2010”, agregó Niebles.

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