Cartagena


Seatech cerraría operaciones por parálisis de flota pesquera

EL UNIVERSAL

04 de octubre de 2012 12:01 AM

Para el martes 9 de octubre se prevé el cierre de las operaciones de la empresa Seatech Internactional INC, por no tener atún, a raíz de la parálisis de la flota pesquera que se los proporciona.
Según Diego Canelos, gerente general de Seatech International, la flota dejará de operar porque la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), adscrita al Ministerio de Agricultura, que es la encargada de otorgar las patentes de pesca a los barcos que suministran el atún a la compañía, se ha rehusado a otorgarlas.
Canelos dice que la Aunap no otorga las patentes porque algunos de los barcos fueron sancionados por esta entidad y primero deben pagar las multas, aunque fueron apeladas y caucionadas las sanciones de acuerdo con lo establecido por ley.
Para el vocero de la empresa, la Aunap viola la Constitución Nacional al establecer una condición no establecida en la ley para entregar las patentes, decisión demandada por los armadores de los barcos atuneros a través de una tutela, pero fue fallada en su contra por un juez Penal del Circuito de Cartagena, quien según Canelos, “está violando el debido proceso y causando un peligro irremediable”.
Explica que la decisión judicial no consideró que lo solicitado era proteger un derecho fundamental, que es violado por la Aunap, al exigir requisitos no solicitados en la ley, sin tener en cuenta el Artículo 84 de la Constitución.
Agregó que la Ley 13 de 1990 establece cuáles son los requisitos para acceder a las patentes de pesca. Adicional a esta ley, la Constitución de 1991, en el Artículo 84 prevé que no se puede exigir ningún trámite ni permiso, ni requisito adicional a los que establece la norma general.
“Ante la sanción de los barcos, los armadores fueron al contencioso administrativo. El tribunal, para aceptar las demandas impuso cauciones o pólizas o garantías reales, que en caso de darle la razón a la Aunap los cobros serán automáticos, pero la entidad emitió una nueva resolución en la que define que para tener las patentes se debe estar al día, es decir, es una nueva adición o requisito que no está contemplado en la ley, y hasta ahora no se han renovado las patentes de los 13 barcos de la flota colombiana, tres ya están en puerto, con las patentes vencidas, y a los 10 restantes se les vence el 9 de octubre.
Para Canelos, esto es un conflicto social debido a que los empleados han manifestado su inconformismo y quieren salir a las calles a expresar que hay un abuso de poder.
Señaló que se ha hablado con el Gobierno, pero ha estado de espaldas a la industria, sin que hasta el momento se sepan cuáles son las motivaciones que tiene para hacerlo, lo que afecta a esta empresa que tiene 25 años de labores.
Explica que la única forma que no se cierre la empresa es que la Aunap entregue las patentes para que los barcos salgan a trabajar.

Habla la Aunap
Para Julián Botero, director de la Aunap, la empresa Comextun, que representa a la flota pesquera que opera en Seatech y que fue sancionada con unas multas, tiene que pagarlas para seguir operando.
Para Botero, la firma ha tenido un acompañamiento directo por parte del Ministerio de Agricultura, pero en 2009 hubo violaciones a las vedas de pesca de atún establecidas por la CIAT, por lo que fue sancionada. (LEA: Trabajadores de Atunes temen cese laboral indefinido)
El año pasado, el Incoder impuso multas por $1.071.199.800.oo a Comextun mediante 3 resoluciones por violación a las normas del Estatuto General de Pesca y a unas resoluciones de la misma entidad. Contra dichos actos se presentaron los respectivos recursos, los cuales fallaron en contra de la empresa pesquera, confirmando las decisiones del Incoder, con base en normas vigentes y algunas sentencias.
El funcionario indicó que este año la empresa atunera solicitó la renovación de las patentes, pero un acuerdo del Incoder, el 009 de 2003, impide la renovación de las patentes a las empresas que no estén al día.
“Como la empresa está debiendo las multas, no es posible renovarle las patentes hasta que no las paguen. La empresa sostiene que ese acto es ilegal, aunque el mismo se presume es legal, tal como lo señala en primera instancia el contencioso administrativo al negar las suspensiones provisionales del Incoder”, explicó Botero.
Añadió que además surgió otro inconveniente jurídico y era que si una vez la empresa pagara las multas, se podría entregar las patentes para toda la flota pesquera. El análisis estableció que no era posible, porque a dos de estas no se les podía renovar las patentes porque una de ellas se encuentra en la lista INN de la CIAT (embarcaciones que hacen pesca ilegal), y ninguna de las dos está en el Registro Regional de buques autorizados, requisito indispensable. Esta convención fue firmada y ratificada por Colombia y en 2011 el gobierno retiró la declaración interpretativa que se tenía, lo que lleva a que el país esté absolutamente vinculado a las decisiones de la CIAT y obligado a cumplirlas.
Para el funcionario, de no llenar estos requisitos se estaría frente al incumplimiento por violentar los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados entre estados de 1969 y la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados entre Estados Unidos y organizaciones internacionales en 1986.
Botero dijo que aún no hay una solución a la vista sin que se afecte el ordenamiento jurídico distinta a pagar las multas, ni que permita renovar las patentes de los barcos que aparecen en la lista INN o sin registro.
“Si Colombia no adopta las medidas implementadas a través de Aunap, podría verse inmersa en demandas ante la Corte Internacional de Justicia por parte de los países miembros de la CIAT, quienes en representación de sus empresas podrían demandar a la Nación por violar el principio pacta sunt servanda, lo que conllevaría a una segunda demanda internacional después de la de Nicaragua”, sostuvo el director de Aunap.
Agregó que se debe revisar con detenimiento la solicitud de conciliación, pues, al parecer, las multas al igual que los asuntos tributarios no son conciliables. Igualmente, las resoluciones del Incoder, que impusieron las multas, deben ser ejecutados por lo Contencioso Administrativo, que no admitió la solicitud de suspensión provisional de las mismas, aunque los empresarios apelaron la decisión.  

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