Desde el miércoles 8 de enero y hasta el 8 de marzo de este año está suspendido el porte de armas de fuego en la ciudad de Cartagena, de acuerdo a un comunicado de la Fuerza Naval del Caribe. En el boletín se agrega que el incumplimiento a esta disposición ocasionará la incautación de las armas de fuego por parte de las autoridades, como lo indican los artículos 85 y 89 del Decreto 2535 de 1993, en los que se fijan las normas y requisitos para la tenencia y el porte de armas, municiones, explosivos y sus accesorios.
En el comunicado la entidad aclaró que se exceptúan de esta medida a los “miembros de la Fuerza Pública, los organismos nacionales de seguridad, cuerpos oficiales armados, señores gobernadores, señores alcaldes, funcionarios judiciales, entiéndase magistrados y jueces del distrito judicial del departamento, servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación y Defensores del Pueblo, miembros de las Asambleas Departamentales y Concejales, miembros de la fuerza pública en uso de buen retiro, de las empresas de servicios de vigilancia y seguridad privada y los departamentos de seguridad debidamente constituidos ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y autorizadas por ésta, así como los miembros de Cuerpos Diplomáticos o consulares reconocidos y acreditados legalmente en el Estado Colombiano y deportistas debidamente acreditados con carné de afiliación a la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva”.
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