Los taxistas de la ciudad no deben cobrar un valor adicional a la tarifa estipulada en el Decreto 0150 del 7 de febrero del presente, por servicio de aire acondicionado.
Así lo informó el director del DATT, Edilberto Mendoza Goes, quien añadió que esta decisión fue concertada entre el Sindicato de Taxistas y el alcalde de Cartagena, Campo Elías Terán Dix, y por esta razón en el decreto donde se fijan las tarifas no se estipula que cobren un adicional por el aire acondicionado, como si se establecía en años anteriores.
“El contar con aire acondicionado se considera un valor agregado que pone el taxi para un mejor servicio a la comunidad”, afirmó el director del DATT.
Agregó que esto no puede ser excusa para que los taxistas cobren tarifas por encima de las establecidas en el decreto.
El conductor que cobre un valor diferente al establecido en el Decreto 0150, lo hace acreedor a una multa que llega hasta los 15 salarios mínimos diarios, es decir, 350 mil pesos aproximadamente.
DENUNCIE
Cuando se presenten estos casos los pasajeros deben denunciar a los infractores a los números 123 y 127.
Se recuerda a los usuarios que después de las 8 de la noche el cobro adicional por recargo nocturno es de 500 pesos.
