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Cartagena

Tribunal tumba estampilla pro-hospital y pro-cultura

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Según el Consejo Gremial de Bolívar, la ordenanza que crea los tributos contravienen abiertamente las  leyes, dado que desconocen de manera evidente los términos de las leyes 645 de 2001 y 666 de 2001, que establecen que el hecho generador de una estampilla está circunscrito a los actos y hechos en los que intervengan funcionarios departamentales o municipales.
Los artículos demandados señalan como hechos generadores de recursos de las estampillas Pro Hospital Universitario y Pro Cultura todo tipo de actos y hechos económicos realizados entre particulares.
Al analizar la Ordenanza, el ente judicial determinó que la estampilla se creó en forma directa e independiente y gravó las actividades industriales, comerciales, de servicio e igualmente el cargo básico y consumo de los servicios públicos de telefonía fija, gas natural, telefonía celular, entre otros, extralimitándose la Asamblea en el uso de sus funciones, toda vez que terminó  ejerciendo las labores propias del Congreso de la República, razón por la cual debía decretarse la nulidad de éstos tributos.
El Tribunal recordó que en octubre de 2006 había resuelto una demanda similar, reiterando que ésta situación era irregular.
Ante esta nueva decisión, Mónica Fadul, coordinadora del Consejo Gremial, aseguró que  ni el gobierno puede insistir en su cobro ni mucho menos intentar revivir el acto declarado nulo a través de otra Ordenanza, pues de hacerlo implica un claro  agravio e incurriría r en faltas contra el régimen disciplinario y penal.

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