Colombia


5.821 extranjeros no han reclamado su cédula

COLPRENSA

06 de abril de 2013 03:32 PM

Según Antonio Hernández, Subdirector de Extranjería, “todo extranjero que tenga una visa de más de tres meses tiene que registrarla y tramitar la cédula de extranjería. Este requisito es para esas personas que van a tener vida civil y comercial en nuestro país”.
Hasta la fecha, de las 6.756 Cédulas de Extranjería que se han elaborado sólo han sido entregadas 935. Esto se debe, según Hernández, a que tal vez muchos de los no nacionales cambiaron de residencia o simplemente no tienen presente la fecha del trámite, “por eso les hacemos un llamado para que se acerquen a los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios y reclamen su documento”.
Los Centros Facilitadores están ubicados en las principales ciudades del país. En Bogotá en la calle 100 # 11B-27; en Medellín en la calle 19 # 80A-40, Barrio Belén La Nubia; en Ibagué en la calle 10 # 8-07; en Cartagena en la Carrera 20 B # 29-18 Barrio pie de la Popa; en Manizales en la calle 53 # 25A-35; en Cali en la avenida 3 norte # 50N-20; en Cúcuta en la Avenida 1 # 28-57 y en Bucaramanga en la carrera 11 # 41-13.
“Es importante que reclamen su nueva Cédula de Extranjería, un documento que cumple con los más altos estándares de seguridad, identidad, calidad y duración, exigidos internacionalmente en el marco de los acuerdos de integración, globalización y facilidad de condiciones para los migrantes”, destacó Antonio Hernández.
El funcionario destacó que hay tantos documentos represados porque desde el mes de febrero se está implementando la cédula de extranjería en vez de la contraseña. “la nueva cédula es un documento que cumple con los más altos estándares de seguridad, identidad, calidad y duración, exigidos internacionalmente en el marco de los acuerdos de integración, globalización y facilidad de condiciones para los migrantes”.
CLASES DE CÉDULA DE EXTRANJERÍA
Son dos los tipos de Cédula que entrega Migración Colombia: una de residente y otra temporal. La primera se diligencia para las personas cuya visa es de residente, la cual tiene una vigencia de 5 años, tiempo después del cual se debe renovar. Si bien, la visa es de carácter indefinido, la Cédula no.
La Cédula de Extranjería temporal se tramita para los ciudadanos extranjeros cuya visa tiene ese carácter. El tiempo de vigencia del documento de identidad lo determina el periodo de vigencia de la visa. Es decir, puede tener desde tres meses de vigencia hasta tres años.
A los menores de edad no se les entrega Cédula de Extranjería, el documento de identidad de ellos es el pasaporte respectivo, pero los niños y adolescentes deben registrarse ante Migración Colombia.
((DATO))
Cualquier inquietud las personas pueden consultarla en www.migracioncolombia.gov.co.

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