Colombia


Condenan al Estado porque médicos dejaron una gasa en el cuello de un paciente al operarlo

COLPRENSA

12 de octubre de 2009 12:01 AM

Por dejarle una gasa en el cuello cuando le realizaron la cirugía para extraer la tiroides, el Estado fue condenado y deberá pagar una indemnización tanto a la víctima como a su mamá. De acuerdo con el Consejo de Estado eso es “una evidente falla del servicio médico que, sin lugar a dudas, configura por sí misma un error en la ejecución de los cuidados quirúrgicos”. La víctima directa padecía un cáncer de tiroides, razón por la que fue intervenido quirúrgicamente en cuatro oportunidades (27 de diciembre de 1994, 24 de enero de 1995, 25 de agosto de 1995 y 31 de enero de 1997). Pero en una de las últimas cirugías fue dejado un elemento extraño en el cuello del paciente, razón por la que tuvieron que practicarle otra intervención quirúrgica para extraer ese cuerpo extraño. EL CASO A mediados del año 1994, el paciente se palpó una masa en el lado izquierdo de su cuello, por lo que acudió al Instituto de Seguros Sociales, seccional Quindío, para que lo atendieran. Allí lo remitieron a un especialista en la EPS, en donde le ordenaron varios exámenes. Por el resultado, al paciente le programaron una biopsia, que indicó la presencia de cáncer. El 24 de enero de 1995 le practicaron una cirugía para removerle la tiroides, sin embargo, el paciente siguió sintiendo una masa en el cuello. El 10 de marzo de 1995, le practicaron nuevamente otro examen que evidenció un residuo cancerígeno, por lo que el 25 de agosto de 1995, se le realizó una tercera cirugía. En octubre de 1996, el paciente se palpó nuevamente una masa en el lado izquierdo del cuello, así que acudió a un médico general quién lo remitió a un oncólogo (especialista en cáncer) y éste le manifestó que debía ser sometido a otra cirugía. Él acudió al Instituto Nacional de Cancerología y allí varios médicos examinaron el caso y realizaron una junta médica en la que concluyeron que el paciente tenía complicaciones internas en el cuello, como consecuencia de las anteriores cirugías. Ellos consideran que el perjuicio se configura no sólo con la gasa que le dejaron al paciente en la segunda cirugía, sino con las intervenciones quirúrgicas realizadas posteriormente, ya que lo ideal para estos casos es que se retirara la totalidad de la tiroides. Antes estos eventos, la Sala pidió por comprobado el perjuicio moral en el paciente y en su mamá, que estuvo acompañándolo todo el tiempo. Según el Consejo, “el sufrimiento de un pariente cercano causa un profundo dolor y angustia en quienes conforman su núcleo familiar, en atención a las relaciones de cercanía, solidaridad y afecto”.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS