Colombia


Corte ordenó priorizar tratamientos a pacientes en peligro de muerte

EL UNIVERSAL

15 de diciembre de 2011 12:01 AM

La Corte Constitucional ordenó a las EPS otorgar de forma inmediata el tratamiento requerido a los pacientes en riesgo de muerte, sin necesidad de que éste sea aprobado por una junta técnico científica de pares a cargo de la Superintendencia de Salud.
El pronunciamiento se da por una demanda de inconstitucionalidad al artículo 27 de la Ley 1438 de 2011, que reformó el sistema de salud y ordenaba la creación de una Junta Técnico - Científica de Pares a cargo de la Superintendencia de Salud, que evalúa la pertinencia de un tratamiento médico no contemplado en el Plan Obligatorio de Salud, POS.
La Corte ya se había pronunciado sobre los comités de las EPS, diciendo que no eran pertinentes cuando la vida del paciente estuviera en riesgo. De esta forma, cuando un doctor ordene un tratamiento farmacéutico o quirúrgico a un paciente cuya vida esté en riesgo inminente, la Entidad Promotora de Salud, EPS, deberá otorgarlo de forma inmediata.

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