Colombia


Representante de Dragacol fue condenado a seis años de prisión

EL UNIVERSAL

07 de octubre de 2010 12:01 AM

El Tribunal Superior de Bogotá condenó este miércoles a seis años y ocho meses de prisión a Reginaldo Bray Bohóquez, por el delito de peculado por apropiación de cuando era dueño y representante de la empresa Dragacol. En el fallo de 344 páginas también se pide inhabilitación para ejerce cargos públicos durante el tiempo que se encuentre privado de la libertad, así como el pago de una multa de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes y el pago de prejuicios materiales a favor de la Nación y el Ministerio de Transporte, suma que asciende a más de 14.000 millones de pesos o 71.936.55 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El Ministerio de Transporte firmó a mediados de la década de los 90 varios contratos con las gobernaciones de Bolívar y Valle del Cauca, para el dragado del canal de acceso a los puertos de Barranquilla y Buenaventura. Sin embargo, las dragas con las que se estaban ejecutando los trabajos fueron embargadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, debido a que no habían sido cancelados ni el IVA ni los intereses causados como resultado de los contratos. A pesar de esto la maquinaria continuó trabajando pero Bray Bohórquez, dueño y representante de Dragacol, pidió una millonaria indemnización argumentando perjuicios económicos. Para esto usó documentos firmados por altos funcionarios del Ministerio de Transporte de la época. En septiembre de 2008 el Consejo de Estado ordenó el pago de una cuestionada conciliación por un monto que superaba los 75 mil millones de pesos. Sin embargo, dos meses más tarde en ese año, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bogotá absolvió a Bray Bohórquez de los cargos que se le imputaban así como la sanción económica. En el fallo del Tribunal advierte que Bray Bohórquez “no tiene derecho a la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni al sustituto de la prisión domiciliaria, conforme a lo expuesto en el cuerpo de esta sentencia”. Por lo que ordenó su captura en el lugar de reclusión que determine la dirección del Inpec. . Con el fallo proferido en octubre de 2010, se revoca el fallo de 2008.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS