Política


Abecé del Codigo General del Proceso

COLPRENSA

02 de junio de 2012 12:01 AM

Mientras que las altas cortes, el Congreso y el Gobierno Nacional aún siguen enfrascados en los alcances de la reforma a la justicia, el país está ad portas de empezar a aplicar la actualización del Código General del Proceso, del que se considera un paso más en la modernización de la justicia y que beneficiará a los colombianos del común.
La aprobación de la ley del nuevo Código General del Proceso, se da luego de que el texto fue presentado hace dos años por el Gobierno al Congreso y de que avanzara de manera silenciosa, pero con el apoyo de todos los partidos que la votaron, el acompañamiento de prestantes juristas del país, de expertos en derecho procesal que asesoraron la elaboración del proyecto y de los distintos magistrados de las altas cortes.
La norma es desde ya considerada por el Gobierno como una reforma histórica, entre todas las que se han dado en el sector justicia, entre otras cosas, porque el código no se reformaba desde hace 40 años.
Se reducirá de manera significativa la duración de los procesos civiles, comerciales, de familia y agrarios, y se contribuirá de esta manera a la satisfacción del viejo anhelo de una pronta y cumplida justicia”, explica el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra. A la norma, para acabar su trámite, le basta la conciliación, la próxima semana, en las plenarias del Senado y de la Cámara.
El viceministro del ramo Pablo Felipe Robledo fue quien desde el inicio del gobierno se puso al frente de la misma. Hoy, cuando ya es una realidad, sostiene que “este es el proyecto, sin lugar a dudas, más importante para la justicia”.
“La reforma a la Justicia no sólo es la reforma constitucional, con esta ley se le va a llegar a los colombianos de a pie”, indica Robledo, quien detalla que “con este sistema oral, sistema por audiencias donde se toman las pruebas, se toma la decisión el mismo día en que se recopilan las pruebas y se practican las mismas, vamos a tener para los colombianos una pronta administración de justicia”.
La ley permitirá que el sistema judicial incorpore a los procesos civiles, laborales, de familia y agrarios el sistema oral para la tramitación de los casos que guarden relación con esas materias.
“Vamos a imprimirle celeridad y transparencia a la administración de justicia, mayor lealtad a las partes del proceso, mayor concentración en las audiencias y las diligencias, lo que redundará para los ciudadanos de a pie en una mejor justicia”, resume el viceministro.
Otro aspecto clave en esta ley, y que para el ministro Esguerra es fundamental, es que “con este nuevo ordenamiento jurídico, casos que hoy tardan en primera instancia cuatro o cinco años en ser fallados, serán resueltos en tiempos significativamente inferiores, de máximo un año”.
Aquellos procesos que se vayan a una segunda instancia se tendrá que fallar en un término no superior a los seis meses, “ese es un paso muy significativo”, insiste el viceministro Robledo, al resaltar el aporte que hará al sistema penal la modernización del Código General del Proceso.
EL ABECÉ DEL NUEVO CÓDIGO
- Está inspirado en adoptar un procedimiento oral para que predomine la inmediación y la concentración en el proceso por audiencias.
- Se establece un plazo de un año para la primera instancia y de seis meses para la segunda instancia.
- Se simplifican y unifican los procesos, y se eliminan trámites o etapas procesales innecesarias.
- Se fija el proceso monitorio, el cual podrá ser iniciado sin intervención de abogado y tiene un trámite que facilita la constitución de título ejecutivo sin necesidad de agotar el trámite de un proceso de conocimiento.
- Se permitirá la presentación de demandas por medios electrónicos y en general de cualquier actuación judicial, como: presentación de memoriales, registro de las actuaciones, realización de las notificaciones y traslados, forma de llevar los expedientes y celebración de audiencias y diligencias.
- Se autoriza la realización de pujas electrónicas en los remates y se complementa el mecanismo tradicional de emplazamiento con el Registro Nacional de Emplazados, que estará disponible en internet.
- Habrá una mayor visibilidad del juez frente a la comunidad jurídica, debido a la mayor inmediación en la conducción de las diligencias y práctica de pruebas.
- Se refuerza la posibilidad de practicar pruebas extraprocesales, para que el juez se concentre en las tareas más complejas del proceso.
- Establece reglas que garanticen la idoneidad de los auxiliares de la justicia, particularmente de peritos y secuestres.
- Desaparecen del código las expresiones en latín y está escrito en un lenguaje más comprensible para las personas del común.

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