Política


Cartagena, sumergida en publicidad política

ELÍAS BARRIOS TOUS

26 de enero de 2010 12:01 AM

Es responsabilidad de los partidos, y no del candidato, registrar la respectiva publicidad que se va a realizar, ante la Secretaría de Planeación y la Localidad que le corresponda. Sigue creciendo la contaminación visual en Cartagena, mientras se espera que Distrito emita el decreto que regule en la ciudad la forma, características, lugares y condiciones para fijar carteles, pasacalles, afiches y vallas de difusión de propaganda electoral. Según la Ley 130 de 1994 y la Resolución 1142 de 2009 del Consejo Nacional Electoral, cada vez que hay elecciones debe expedirse una reglamentación especial y específica para la correspondiente propaganda electoral. En ese sentido, el Consejo Nacional Electoral había fijado el 14 de diciembre de 2009 como fecha límite para que los alcaldes expidieran el decreto reglamentario de la publicidad política para los aspirantes al Congreso cuyas elecciones serán el 14 de marzo de 2010. El Artículo 29 de la Ley 130 de 1994 dice que le corresponde a los alcaldes y los registra-dores municipales regular la publicidad política exterior. Al respecto, El Universal consultó a la secretaria de Interior, Sindis Meza, quien dijo que el Distrito está en proceso de sacar un decreto específico que regule la publicidad política ex-terior, el cual se expediría esta semana. Hasta el momento, la Administración para tomar acciones se basa en el Acuerdo 024 de 2004 y otros que regulan la contaminación visual de manera general en la ciudad. La Secretaria de Interior afirmó que es competencia de las alcaldías locales iniciar los co-rrespondientes procesos sancionatorios para quienes violen la norma. No es pertinente Sin embargo, una fuente conocedora del tema, consultada por este matutino, afirma que estas son normas que regulan la publicidad exterior visual en términos generales, cosa que no es jurídicamente pertinente para el caso político, por las características y condiciones específi-cas de la publicidad exterior visual producto del ejercicio electoral. Además, esta publicidad debe reglamentarse para cada elección que se realice. Esto es porque variables como el número de vallas, por ejemplo, depende de la cantidad de partidos que participen, es decir, que la cantidad de vallas para los candidatos al Congreso será diferente a las que utilicen en las elecciones para la Presidencia de la República. Así mismo, asegura la fuente que el Distrito no podría entrar a sancionar la publicidad electoral a través de los alcaldes locales, hasta cuando se expida el correspondiente decreto, el cual debe regular la publicidad haciendo alusión a sus características específicas. Mientras tanto, la ciudad sigue sumergida en la contaminación por publicidad política. Partidos, los responsables En la reunión convocada por el alcalde de la Localidad Histórica y del Caribe Norte (1), José Ricaurte Gómez, para definir las reglas de juego para la publicidad exterior en el Distrito, se informó que basados en la reglamentación na-cional, es responsabilidad de los partidos, y no del candidato, registrar la respectiva publicidad que se va a realizar ante la Secretaría de Planeación y la Localidad que le corresponda. La cantidad de vallas y de avisos que se asignen, les corresponde a cada partido asignarlas de manera autónoma a los candidatos que tengan. Ricaurte anunció un proyecto de decreto, el cual asegura que ya fue presentado ante la Administración Distrital, en el que se hará claridad en cuanto a los tamaños y las diferencias entre valla y aviso, para que todos puedan “jugar” con las mismas reglas.

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