Política


CNE sancionará precandidatos con propaganda política no autorizada

ELÍAS BARRIOS TOUS

25 de marzo de 2011 12:01 AM

A poco más de siete meses que faltan para realizar las elecciones regionales de octubre, ya se prevé que, como en otras oportunidades, la ciudad va a estar sitiada por los avisos políticos.
Para tratar de evitar esa situación que se repite cada vez que hay comicios, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que ya viene trabajando en ese sentido. El presidente del organismo electoral, Juan Pablo Cepero, informó recientemente, que encontró 32 de estos casos en el país, es decir candidatos que empezaron a realizar campaña política si cumplir los requisitos de Ley.
Sobre este punto, el CNE ya se había pronunciado, y fue claro en afirmar que solo pueden hacer propaganda electoral los precandidatos inscritos ante el organismo y sólo en los municipios en los que el respectivo partido va a realizar consultas internas.
La aclaración corresponde al proceso electoral para escoger alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y ediles, que serán en octubre próximo, pero para las cuales pueden realizarse consultas internas de las colectividades políticas o consultas interpartidistas.
En este momento, en Cartagena y Bolívar, aún no hay conocimiento de algún pronunciamiento por parte de los partidos o movimientos, que hayan anunciado realizar una consulta interna.
En ese sentido la norma es clara y establece sanciones que van desde los $9’800.000, hasta los $98 millones.
Aunque el Presidente del CNE viene adelantando algunas investigaciones y no se han dado a conocer cuales son esos precandidatos, lo cierto es que en Cartagena ya se encuentran avisos de aspirantes que violan la norma al hacer propaganda electoral fuera del tiempo establecido para tal fin.
Según Juan Pablo Cepero, los precandidatos a veces actúan como rueda suelta, sin que el partido pueda controlarlos o enterarse en un momento dado de su comportamiento.

Lo que dice la Ley
Según reza en el artículo 24 de la Ley 30 de 1994 este tipo de propaganda es toda aquella que se use con el fin de obtener apoyo electoral.
“Esta clase de propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres meses anteriores a la fecha de las elecciones”.
En la Resolución 14 del 2 de febrero de 2011, el CNE estableció que se realizarán las consultas populares o internas o interpartidistas el próximo 29 de mayo.
Así las cosas, como la ley y la Constitución solo permiten que los candidatos inicien su propaganda tres meses antes de las elecciones, quienes sean precandidatos inscritos ante el CNE y su partido haya definido realizar una consulta interna pueden hacerlo desde el 28 de febrero pasado, pero únicamente bajo ese criterio, cualquier otro caso, según Cepero, será sancionado.

Dicen los candidatos
Uno de los que aparece en la foto, Giovanni Meza, quien anunció su deseo de aspirar a la Gobernación de Bolívar, explicó que había consultado con un abogado experto en el tema, quien le explicó que tanto en los casos que se establecen para la consulta interna, como para quienes piensan aspirar avalados por firmas de grupos representativos de ciudadanos, podían hacer propaganda, toda vez que debían darse a conocer, los primeros para obtener el voto y los otros para que la ciudadanía que va a firmar para respaldar la candidatura sepa por quien lo hace.
Otra de las razones que argumentan algunos aspirantes, es que los murales los mandan a hacer líderes de diferentes sectores para expresar su apoyo al precandidato, cosa que por ser una iniciativa de la comunidad es muy difícil controlar.

Partidos inscritos
El plazo de inscripciones para realizar las consultas se cerró el 28 de febrero pasado. En total nueve partidos políticos solicitaron al CNE esta autorización para realizar las eventuales consultas internas este 29 de mayo.
Estos son: Partido Conservador, Partido de la U, Partido Verde, Alianza Social Indígena, el PIN, Mira, Polo Democrático, Cambio Radical y Partido Liberal.

Tarea de alcaldes
Según la Ley del 23 de marzo de 1994, “le corresponde a los alcaldes y los registradores municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral...”
La Ley contempla también que son los alcaldes quienes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por representantes de los diferentes partidos, movimientos o grupos políticos que participen en la elección a fin de asegurar una equitativa distribución.
El alcalde como primera autoridad de policía, podrá exigir a los representantes de los partidos, movimientos y candidatos que hubieren realizado propaganda en espacios públicos no autorizados, que los restablezcan al Estado en que se encontraban antes del uso indebido.

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