La falta de presupuesto conllevó a que el registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez, tomara la decisión de abrir el proceso de inscripción de cédulas para votar en el 2010, únicamente por dos semanas, desde el 19 de octubre hasta el 2 de noviembre, y no dos meses como en otras ocasiones. Por esa misma razón el organismo electoral había dispuesto aplazar en junio pasado el periodo de inscripción para el 15 de julio y luego el 15 de septiembre. Según la Registraduría, los 12 mil millones de pesos entregados por el Ministerio de Hacienda para el proceso de inscripción o zonificación de ciudadanos, no alcanzan para extender el plazo. La Registraduría había solicitado 28.175 millones de pesos al Ministerio de Hacienda, desde el 30 de abril, para este proceso. Por esa razón, las inscripciones serán apenas por dos semanas. Los colombianos irán a las urnas el 14 de marzo de 2010 para elegir Congreso de la República, y el 30 de mayo de 2010 para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, en primera vuelta. ETAPAS Dos etapas tendrá la inscripción de cédulas: la primera etapa, del 19 al 23 de octubre, tendrá lugar en las sedes de las registradurías especiales, municipales y auxiliares en ciudades zonificadas, en el horario de atención al público. En la segunda etapa, del 26 de octubre al 2 de noviembre, la inscripción tendrá lugar en los 9.975 puestos de votación de los municipios zonificados y no zonificados, y en todos los corregimientos e inspecciones de Policía, desde las 10:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., en jornada continua, incluyendo sábados, domingos y festivos. La Registraduría prevé que alrededor de cuatro millones de colombianos inscriban su cédula para votar cerca de su lugar de residencia en las elecciones de 2010. TENGA EN CUENTA ESTE ABC –Ya estoy inscrito, pero quiero cambiar de lugar de votación: debe acercarse durante el periodo de inscripciones al puesto de votación en el cual desea votar. De no hacerlo deberá seguir votando en el puesto que ya tiene asignado. –Acabo de cumplir 18 años y quiero votar: todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación. –No tengo cédula original: el ciudadano no podrá inscribirse. Sólo se pueden inscribir quienes tienen cédula blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas. –Mi cédula fue expedida antes de 1988 y nunca he votado: usted no aparece en el censo electoral, por lo cual no podrá ejercer el derecho al voto, a menos que inscriba su cédula entre el 19 de octubre y el 2 de noviembre. –Vivo en el exterior: debe acercarse al consulado o embajada más cerca de su lugar de residencia. Al presentarse ante los diplomáticos, embajadores o funcionarios electorales podrá inscribirse en el censo electoral correspondiente, presentando la cédula de ciudadanía colombiana o el pasaporte, teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 818 del 22 de marzo de 2005.
Política
Colombianos tendrán sólo 15 días para inscribir cédulas
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