Política


A confirmar si usted es jurado de votación

ELÍAS BARRIOS TOUS

23 de enero de 2010 12:01 AM

No cumplir con el ejercicio de jurado de votación tiene implicaciones legales. No estar enterado de la designación no exonera al ciudadano de cumplir con este compromiso. Desde ayer están publicadas en todas las registradurías, alcaldías y personerías del Departamento de Bolívar las listas de las personas designadas para ser jurados de votación en las elecciones a Congreso y de representantes al Parlamento Andino previstas para el domingo 14 de marzo. La delegada Departamental de la Registraduría, Íngrid Fortich Herrera, recuerda que también se pueden revisar las listas accediendo a la página del organismo registrador en Internet (www.registraduria.gov.co). Igualmente se enviarán notificaciones a los ciudadanos escogidos para desempeñarse como jurados, y a las empresas e instituciones donde laboran. Fortich Herrera reitera que es un deber de todos los ciudadanos corroborar si fueron o no seleccionados, ya que se les da por notificados con la sola publicación en las sedes de las entidades mencionadas, es decir, no será excusa para evadir la función de jurado de votación, el “argumento” de que no le llegó la notificación. Más de 500 mil Cerca de 500 mil ciudadanos en todo el país prestarán sus servicio de jurados de votación en el próximo debate electoral. Según la registradora Especial de Cartagena, Patricia Jiménez, en esta ciudad fueron escogieron más de 10 mil personas. Para Bolívar, Íngrid Fortich, de la Delegación Departamental de la Registraduría, informó que serán aproximadamente 25 mil jurados para las 3.800 mesas que se dispondrán en el Departamento. Los jurados designados deberán capacitarse para prestar su servicio el día de las elecciones. Además, Patricia Jiménez informó que junto con la citación se les informará el día, la hora y el lugar donde el jurado deberá asistir a la capacitación. Los sitios serán la sede del Sudeb, la Universidad Tecnológica de Bolívar (Manga), Cámara de Comercio y Universidad de Cartagena (Aula Máxima de Derecho). También se pueden bajar el instructivo en el link http: //www.registraduria.gov.co/descargar/cart_jura_2010.pdf. Sanciones Según información de la web de la Registraduría, las personas notificadas como jurados de votación y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, serán destituidas del cargo que desempeñen si son servidores públicos, y si no lo son, se les impondrá multa de 10 salarios mínimos legales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional. Para notificar a los sancionados, el Registrador que imponga la multa emitirá Resolución que deberá fijarse en lugar público de la Registraduría, durante cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha en que lo ponga.

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