Política


Cristo definiría si Maturana ocupa curul de Jiménez

Ante una disyuntiva jurídica y política está el caso de la curul vacante que dejó la senadora Gilma Jiménez, del Partido Verde, tras su reciente muerte.
Sobre el caso, el Consejo Nacional Electoral (CNE), emitió un concepto que mantiene una doctrina del 2011, considerando que para ocupar una curul vacante por falta absoluta, “debe ser llamada la siguiente persona en la lista”.
Este pronunciamiento favorece a la excandidata a la Alcaldía de Cartagena, Mercedes Maturana, quien sería así nueva senadora por Bolívar.
Será el Senado
Pero falta conocer la posición de la mesa directiva del Senado, cuyo presidente, Roy Barreras, quien está en Cuba, deberá definir quién se queda como senador, si Mercedes Maturana o Rodrigo Romero Hernández.
En la lista al Senado en 2010, Maturana obtuvo la sexta posición con 9.459 votos, mientras que Romero sacó la séptima votación, 40 votos por debajo de ella.
Pero el tiempo de Barreras se agota porque la nueva mesa directiva del Senado se posesiona este sábado 20 de julio, y el virtual nuevo presidente será el senador liberal Juan Fernando Cristo, quien decidirá.
Concepto favorable
La sala plena del CNE emitió una ponencia presentada por el magistrado Pablo Gil de la Hoz, y firmada por Nora Tapia, presidenta de este tribunal, resolviendo la pregunta: “¿Tiene vocación para ser llamado ante una vacancia absoluta por muerte de congresista, quien había renunciado previamente al partido por el cual ocuparía la curul?”
La respuesta al caso fue: “Frente a una vacancia absoluta por muerte del titular, su reemplazo se hará con el candidato no elegido que, según el orden de inscripción (lista cerrada) o votación obtenida (lista con voto preferente), le siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”.
El punto de la decisión que favorece a Maturana dice:  “Cabe recordar, como ya se dijo en el concepto del CNE, (el 24 y 30 de agosto de 2011), que solo podrá ocupar tal curul quien pertenezca al partido que lo inscribió como candidato, toda vez que la Constitución no ha previsto un régimen distinto para suplir las faltas absolutas…;”
Puertas cerradas
Pero ante el aparente camino expedito que tiene Maturana para ocupar esta curul, se interpone la negativa de la dirección nacional del Partido Verde de tramitar su reinscripción en esa colectividad, por considerar que renunció a los verdes para aspirar a la alcaldía de Cartagena por el movimiento MIO, pero que tras la muerte de la senadora Gilma Jiménez, “pidió su reingreso al partido para ganar la curul”.
Esto genera una nueva confusión sobre si Maturana puede o no posesionarse
“La Dirección Nacional del Partido Verde niega la reinscripción a la colectividad de la señora Mercedes Maturana a través de la página web. De esta manera se formaliza el rechazo  a cualquier pretensión de reinscripción de Maturana a la militancia del partido”, dice el comunicado de los verdes.
Presidente del CNE
La Magistrada Nora Tapia, presidente del CNE, aclaró que en caso de que se impugne la decisión sobre quién debe ser llamado a ocupar la curul vacante de Gilma Jiménez, el CNE es la segunda instancia que resolverá este asunto.
Este Concepto del CNE no es de carácter obligatorio, según ha explicado de manera reiterada la magistrada Tapias.
Análisis 
El analista jurídico, Fabio Castellanos, consideró que “hay que remitirse a la Reforma Política (actos legislativos 2003 y 2009), y a las leyes 975 del 2005 o de bancadas y a la ley 1475 del 2001 que reglamenta a los partidos. Esto va de la mano con la Corte Constitucional que conceptúa que la doble militancia es una deslealtad con los electores y con el sistema democrático”.
“Eso cambia el concepto de que las curules pertenecen a los candidatos y por el contrario, hoy las curules pertenecen a los partidos”.
De acuerdo con esto la curul no sería entregada a Maturana.

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS