Las ternas para las tres localidades de la ciudad (Localidad 1, Localidad 2 y Localidad 3), de las cuales se escogerán los alcaldes locales, estarían enfrentadas a presuntas inhabilidades e incompatibilidades a la hora de los nombramientos que haría el alcalde mayor Campo Elías Terán.
En su último pronunciamiento a los medios, Terán Dix, dijo que podría devolver las ternas que se le presentaron o no devolver ninguna.
De hecho, las ternas conformadas por los nombres de Mauricio Betancourt, Judith Paola Flórez y Daniel Vélez en la terna de la localidad 1 o Histórica y del Caribe Norte; Carlos Amaranto Mercado, Fredy Torres y Rodrigo Reyes Pereira, en la Localidad 2 o de la Virgen y Turística, y Eduardo Soto Frías, Julio Villadiego Nisperuza y Liliana Muñoz Figueroa, en la Localidad 3 o Industrial o de la Bahía, enfrentan varias impugnaciones por diferentes hechos.
“Lo que le aconsejamos al alcalde Campo Elías Terán es que revisen muy bien el tema de las ternas, porque el es el nominador; y si se le hace ver al funcionario unas posibles inhabilidades y después se den por hecho ciertas, el funcionario comete prevaricato”, dijo David López Romero, director general de Corporación Veeduría Ciudadana Nacional.
Caso de ex ediles
Una de las controversias tiene que ver con las presuntas inhabilidades de miembros de las ternas que fueron ediles hasta el 31 de Diciembre de 2011, que de acuerdo con jurisprudencia del Consejo de Estado en los fallos 1568-96 y 2606-01 se configuraría una inhabilidad denominada inhabilidad intrasistemica.
“Para no inhabilitarse los ex ediles debieron haber renunciado tres meses antes de la fecha en que el alcalde mayor convoca a los nombramientos de los alcaldes Locales, es decir debían el 31 de Octubre de 2011”, sostuvo López.
En esta inhabilidad estarían incurriendo Mauricio Betancourt en la Localidad 1, Carlos Amaranto Mercado, en la Localidad 2 y Julio Villadiego Nisperuza, en la Localidad 3, ya que fueron ediles en las tres localidades hasta el 31 de diciembre.
La residencia
El articulo 79 del Decreto Distrital 0581 de 2004 señala que para ser elegido alcalde local, se requiere haber residido o desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial o laboral en la respectiva localidad por lo menos durante un año, el inmediatamente anterior a la fecha de la elección o del nombramiento.
En el caso de Fredy Torres Zapata, en la Localidad 2, estaría residiendo desde hace mas de dos años en la Urbanización Camaguey perteneciente a la Localidad 1, y no habría presentado documentación sobre estas actividades en la localidad en mención.
“En el caso de la Localidad 3 el ternado Eduardo Soto, quien reside en el Barrio Zaragocilla perteneciente a la Localidad 1, demuestra a través de un proceso de prescripción extraordinaria de dominio de su inmueble en Zaragocilla, fallado a su favor, que ha vivido por más de 20 años de forma ininterrumpida en ese domicilio, tal como lo falló a su favor el magistrado Alcides Morales Acacio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, lo cual deja si piso su declaración extrajuicio de que vivió donde un hermano en Blas de Llezo”, explicó el veedor López Romero.
Para López, Liliana Muñoz, quien vive en la Avenida de El Consulado, Localidad 1, y quien aspiró al Concejo de Turbaco en las pasadas elecciones, no cumpliría tampoco el requisito de residencia.
Múñoz consultada por El Universal, dijo que fue certificada por Iván Lorduy, presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio Alameda La Victoria, donde tiene una casa cuyos papeles anexó a los requisitos y a quien le costa que vivió por más de 24 años en ese barrio de la Localidad 3 y que después vivió en La Plazuela, lo cual le permite cumplir el requisito.
Empleados públicos
Según el concepto de la veeduría hay ternados que fueron empleados públicos como el caso de Rodrigo Reyes, incluido en la terna de la Localidad 2 y quien fue Secretario del Concejo Distrital hasta el 31 de Diciembre de 2011 y debió haber renunciado el 31 de Octubre de 2011 para no inhabilitarse.
Así mismo, Daniel Vélez, en la Localidad 1, es empleado de carrera administrativa en la Gobernación de Bolívar, caso que la Veeduría está estudiando.
Las mujeres
En el caso de la Localidad 2 en donde no fueron incluidas mujeres, según los veedores, no habría otra opción sino devolver la terna y elegir de nuevo, porque se está incurriendo en un incumplimiento de la ley de cuotas.
David López, como vocero de las veedurías, sostuvo que lo mejor que puede hacer el alcalde Campo Elías Terán es devolver los procesos y convocar a nuevas audiencias.
Política
Inhabilidades giran en ternas a Alcaldías Locales
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