Política


La elección de Fiscal quedó para la época del gobierno Santos

EL UNIVERSAL

29 de julio de 2010 12:01 AM

Luego de un año con titular interino (Guillermo Mendoza Diago) y tras 16 votaciones, los 23 magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia no lograron elegir al Fiscal General de la Nación. Esta mañana se citó la siguiente para el 12 de agosto próximo, es decir que será durante el nuevo gobierno cuando se designe el dirigir la máxima entidad investigadora de la Nación. Con el nuevo fracaso de la votación en la Corte cobran más fuerza las versiones acerca de que el Presidente electo, Juan Manuel Santos, de la mano de su Ministro de Interior y Justicia, Germán Vargas Lleras, buscarían recomponer la terna para darle una salida institucional al lío que ya completa doce meses sin ‘humo blanco’. ¿ES POSIBLE HACER UN CAMBIO DE TERNA? A una semana de que asuma como Presidente de los colombianos Juan Manuel Santos, en distintos círculos se especula acerca de cuál será la suerte de la vacante que dejó desde julio de 2009 Mario Iguarán Arana. La pregunta que más se les hace a los analistas es sobre la posibilidad de que Juan Manuel Santos retire la terna que conforman hoy la procuradora delegada Margarita Cabello Blanco, el consejero de Estado Marco Antonio Velilla y el ex magistrado de la Corte Suprema Jorge Anibal Gómez Gallego. Variar esos nombres, afirman los consultados, sería un gesto que se sumaría a los ya hechos por Santos, apuntando a limar las asperezas que hay entre el Ejecutivo y el poder Judicial. Algunas de las opiniones especializadas consideran que esa posibilidad es remota, pues el nombramiento de los ternados está contenido en una “acto particular y concreto”, como jurídicamente se conoce a este tipo de procedimientos, el cual sólo puede ser revocado por quien lo profirió, es decir, por el presidente Álvaro Uribe, y no por otra persona, así tenga las condiciones de Primer Mandatario. Uno de los juristas que sostiene esta teoría es Abelardo De la Espriella, para quien la terna de la que debe salir el Fiscal General constituyó “un acto administrativo de carácter particular y concreto” cuyos efectos son, igualmente, particulares. Los efectos de ese concepto, afirma De la Espriella, obligan a que “para que dicho acto sea revocado o sustituido se requiera de la autorización de los beneficiarios o de las personas sobre quienes recae el acto”. De ser así, Santos estaría maniatado para efectuar el cambio de nombres, a no ser que los ternados renuncien por su propia decisión, en un acto político para destrabar el proceso de elección. En sentido contrario, ex presidentes del Consejo de Estado consultados por Colprensa (pero que pidieron no ser citados) consideran que si bien es cierto que se trata de un acto particular y concreto, la Constitución Nacional, en su Artículo 249, faculta para proponer la terna para Fiscal General al Presidente de la República como funcionario y no hace referencia a la persona que ocupa el cargo. Esta última sería la salida a la que, previa consulta jurídica, podría acogerse el presidente Santos después de su posesión.

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