Política


No se podrá desistir de denuncias por violencia contra la mujer

COLPRENSA

13 de junio de 2012 12:01 AM

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó este martes, en cuarto debate, el proyecto de ley que determina que los delitos de violencia contra la mujer podrán ser denunciados por cualquier persona y que tanto la violencia intrafamiliar como la inasistencia alimentaria dejen de ser querellables y no se podrá desistir de sus demandas. (Lea más sobre Violencia contra las mujeres)
Para Gloria Stella Díaz, representante del movimiento Mira, “con esta iniciativa la violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria que son delitos ya no van a ser querellables ni desistibles, es decir, que ya no se van a poder conciliar. De la misma manera, señaló que cualquier persona puede denunciar la violencia intrafamiliar y agregó que las autoridades de oficio deberán iniciar la investigación hasta que termine el proceso”.
La representante además afirmó que quienes incurran en el delito de violencia contra la mujer recibirá una pena de 4 a 8 años de prisión, siempre y cuando, “no incurran en lesiones personales graves o homicidio porque ahí la pena se incrementa, por ser una circunstancia de agravación punitiva”.
“Se incluyó en un artículo nuevo la obligatoriedad de que el juez de penas y medidas de seguridad nombre y pida un concepto técnico de Medicina Legal antes de darle el beneficio de excarcelación a una persona”, dijo la congresista.
“Esta es la mejor forma de reivindicar los derechos de las mujeres. Con la aprobación de este proyecto el Congreso de la República está demostrando su compromiso en la lucha por combatir la violencia contra las mujeres”, agregó Díaz.
Por su parte, Cristina Plazas, Alta Consejera para la Equidad de la Mujer, aseguró que “la violencia intrafamiliar es un enemigo que tiene nuestro país. Esta ley permite que si alguien coloca una denuncia, no se pueda arrepentir”, dijo y añadió “queremos enviarle un mensaje muy claro al país y es que la alimentación de los niños corre a cargo de los dos padres, los dos deben responder y los dos deben hacerse cargo, el futuro de nuestros niños es importante para nosotros”.
OTRAS LEYES
De otra parte, en primer debate, en la Comisión VII del Senado se aprobó el proyecto que establece una protección especial a las mujeres en estado de embarazo, y en etapa de lactancia, que estén vinculadas a través de contratos de prestación de servicio, para garantizar la estabilidad laboral reforzada de la mujer trabajadora en estado de gravidez.
Según esta norma, “la estabilidad laboral reforzada busca evitar a la mujer vinculada a través de contrato de prestación de servicios y en estado de embarazo, el rompimiento abrupto del vínculo contractual, que le proporciona su sustento y el de su familia, ya sea a través de su terminación o de la suspensión del mismo”.
Otro proyecto en favor de las mujeres es el que propone la creación del sistema nacional de protección a la mujer en estado de embarazo y en el posparto, y que además se establezcan los programas de promoción a la acogida de la vida, este procedimiento pretende facilitar la prestación del apoyo, acompañamiento y seguimiento psicológico, jurídico y social que requiera la mujer en lo atinente a la asimilación, interiorización, manejo, reconocimiento, integración con la familia y la sociedad y demás aspectos relacionados con su estado de embarazo.

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