Política


Piedad Córdoba no busca reparación material por ‘chuzadas’

EL UNIVERSAL

29 de julio de 2011 11:18 AM

Luis Guillermo Pérez, abogado de la exsenadora liberal Piedad Córdoba catalogó como una “formalidad legal” la figura de la reparación material que se manifiesta en la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que avaló a Córdoba como “víctima” dentro del proceso contra de la expresidenta del Congreso Nancy Patricia Gutiérrez por las llamadas ‘chuzadas’.
El jurista precisó que los mil gramos de oro por cada uno de los derechos vulnerados en contra de la excongresista que están fijados en el fallo son “simbólicos” pues se cumple con una formalidad procesal, puesto que ellos dejaron muy en claro que no buscan una indemnización económica sino un derecho a la reparación por lo que reiteró que solamente exigen que Nancy Patricia Gutiérrez “pida perdón de manera pública”.
Pérez explicó que en estos casos de admisibilidad se debe establecer un monto cualquiera. Sin embargo, aclaró que no existe una suma de dinero que pueda compensar todo el “daño y sufrimiento” que le produjeron a la exsenadora con los seguimientos e interceptaciones ilegales que buscaban desprestigiarla ante la opinión pública y lo que puso en repetidas ocasiones su vida en riesgo.
Piedad Córdoba sufrió el rompimiento de su familia, quien por problemas de seguridad se vieron obligadas a abandonar el país. Fue víctima de torturas psicológicas, del rechazo social y de una campaña de desprestigio en su contra. Eso no tiene nombre”, precisó el abogado. 
ANTECEDENTES
El pasado miércoles la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aceptó el recurso presentado por la defensa de la exsenadora liberal Piedad Córdoba para que ella fuera aceptada como “víctima” en el proceso que se adelanta contra la expresidenta del Congreso Nancy Patricia Gutiérrez, dentro del proceso por las llamadas ‘chuzadas’ del DAS.
Gutiérrez es investigada por el alto tribunal por el delito de tráfico de influencias en servidor público, debido a que le solicitó al DAS información privilegiada sobre los movimiento y viajes de la senadora Córdoba en 2006, para después utilizar dicha información en un debate que se realizó en el Congreso en marzo de 2008.
Ante estos hechos el alto tribunal consideró que esa información era privilegiada y no podía utilizarse en un debate de control político realizado como en efecto se hizo. 

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