Política


Presidente Santos sancionó Ley de Espectáculos Públicos

COLPRENSA

28 de diciembre de 2011 12:21 AM

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la ley de espectáculos públicos que busca fortalecer el sector cultural de las artes escénicas, entre ellos teatro, danza, música, magia y circo sin animales.
Así mismo, la iniciativa establece una disminución del impuesto sobre la renta en 100 por ciento para las inversiones que se realicen en infraestructura de proyectos para escenarios destinados a los espectáculos públicos de artes escénicas.
También serán exentos del impuesto del IVA (16 por ciento) los servicios artísticos de las artes escénicas y servicios conexos con dicha actividad como sonido, luces y alquiler de tarimas.
En cuanto a la reducción y racionalización de trámites, la ley sancionada por el presidente reduce de 24 a sólo 4 los requisitos que se debe realizar para desarrollar espectáculos artísticos en el país. 
Otros efectos de la norma
Con la nueva ley también nace la ventanilla única, en la que un empresario o cualquier entidad pública que quiera realizar un espectáculo de las artes escénicas podrá diligenciar todo lo relacionado con su solicitud.
Además, crea el Registro de Empresarios del Espectáculo Público, con lo que se legaliza su actividad.
Otra de las novedades de la ley es la creación de la figura del Escenario habilitado, que busca, por ejemplo, que si un teatro está habilitado y ya estableció y certificó su número de sillas o de salidas, no debe volver a hacerlo para cada evento que allí se realice.
Impacto en boletería e infraestructura
La ley sancionada crea la contribución parafiscal sobre la boletería de los espectáculos públicos de las artes escénicas. Este impuesto será equivalente a 10 por ciento del valor de las boletas y se aplicará únicamente a las entradas cuyo precio o costo individual sea igual o superior a tres Unidades de Valor Tributario (24.550 pesos para el año 2010 cada unidad). De esta manera se democratizará el acceso de todos los colombianos a estos espectáculos.
La ley también establece que las inversiones que se realicen en infraestructura de obras destinadas específicamente a la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, no tendrán impuesto de renta.

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