Política


Registraduría abre proceso de inscripción de cédulas

EL UNIVERSAL

10 de octubre de 2009 12:01 AM

La Registraduría Nacional del Estado Civil abrirá un nuevo período de inscripción de cédulas entre el 19 de octubre y el lunes festivo 2 de noviembre. En principio, este proceso está diseñado para facilitarles a todos los colombianos la votación con comodidad y cerca al lugar de residencia. QUIÉNES PUEDEN INSCRIBIR Son dos son los grupos de ciudadanos que deben inscribir su cédula: quienes cambiaron de lugar de habitación y quienes no están en el censo electoral: Se recomienda que inscriban su cédula todas aquellas personas que cambiaron de lugar de residencia, bien sea un cambio de barrio, de ciudad, departamento o incluso de país. Con la nueva inscripción de la cédula podrán votar en las elecciones de Congreso y Presidente del próximo año, evitándose grandes desplazamientos. En el caso de los colombianos residentes en el exterior, ésta será la primera oportunidad para inscribir su cédula en los últimos 4 años, y hacerlo es importante para poder votar en la elección del Representante a la Cámara por la Circunscripción Internacional. En cuanto a los ciudadanos que cambiaron de departamento desde la última vez que votaron, o que migraron desde o hacia Bogotá, también es fundamental inscribir su cédula ya que los candidatos a la Cámara de Representantes son distintos en cada circunscripción electoral y para decidir sobre el futuro de la ciudad en la que habita, es importante elegir entre los candidatos de su zona, y adicionalmente no interferir con su voto en la decisión que tomen los habitantes de otra región. SI YO NO ESTOY EN EL CENSO…; Se recomienda que inscriban su cédula todas aquellas personas que tienen cédula expedida antes de 1988 y no han votado en ninguna de las elecciones celebradas en los últimos 20 años, ya que actualmente no hacen parte del censo electoral y si no se inscriben en esta oportunidad, no podrán votar el próximo año. Aunque el crecimiento del censo electoral en razón al proceso de inscripción de cédulas es marginal, para la democracia es importante que la cifra del censo sea lo más cercana posible al número de colombianos mayores de 18 años que eventualmente deseen ejercer su derecho al voto, aunque aún no hayan decidido si participarán o no en las elecciones de 2010. CENSO ELECTORAL Tampoco hacen parte del censo electoral quienes fueron condenados en sentencia judicial que incluye la interdicción de derechos y funciones públicas por un tiempo determinado, ni los ciudadanos que ingresan a la fuerza pública en calidad de personal uniformado. En principio, estas personas se reincorporan automáticamente al censo electoral cuando las Fuerzas Armadas reportan a la Registraduría que el ciudadano ya no hace parte de esa institución o cuando el Juez de Ejecución de Penas reporta a la Registraduría que el ciudadano ya terminó de cumplir su condena. Sin embargo, es posible que esta información no esté actualizada, razón por la cual se recomienda verificar en www.registraduria.gov.co si la cédula correspondiente ya fue habilitada nuevamente para votar y en qué puesto, y si aún no ha sido reincorporado al censo electoral, pese a tener derecho a estar en él, aproveche esta oportunidad para inscribirse de nuevo.

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