La Comisión Nacional de Televisión (CNTV) expidió la reglamentación para la emisión de propaganda electoral contratada, destinada a las consultas internas de los partidos y movimientos políticos, durante los 30 días previos a su realización, es decir, hasta el 26 de septiembre.
Las normas establecidas para la propaganda, que podrá ser emitida del viernes 28 de agosto al sábado 26 de septiembre COBIJA Al Canal Uno, a los canales regionales, a los canales nacionales de operación privada (RCN y Caracol), al canal local con ánimo de lucro (City TV), a los contratistas de los canales regionales y a los concesionarios de televisión por suscripción, y a los canales comunitarios. Sólo se excluyen de las normas establecidas, los canales locales sin ánimo de lucro.
La reglamentación
La reglamentación expedida por la CNTV está inspirada en principios como el respeto al pluralismo político y a los valores de igualdad consagrados en la Constitución Nacional.
Reglamentación
La reglamentación señala cinco condiciones básicas para la emisión de propaganda electoral contratada:
– Cada mensaje comercial podrá tener una duración máxima de 30 segundos.
– Cada canal podrá emitir máximo dos comerciales, por cada 30 minutos de programación.
– Cada canal sólo podrá emitir un mensaje de propaganda electoral de cada movimiento o partido político, por cada 30 minutos de programación.
– No podrán ser emitidos comerciales en las franjas infantiles, es decir, de las 3:55 a las 4:55 p.m., de lunes a viernes, y entre las 8:00 y las 10:00 de la mañana de los sábados, domingos y festivos.
– Diariamente se podrán emitir sólo diez mensajes comerciales regulares por cada precandidato que participe en la consulta popular de su respectivo movimiento o partido.