Política


Regreso de Berrío, entre el 21 y el 28 de febrero

ELÍAS BARRIOS TOUS

19 de febrero de 2010 12:01 AM

Para Jorge Mendoza, según respuesta de la Procuraduría, debe entregar el cargo el 28 y el abogado de Joaco Berrío considera que debe ser el 21. Opiniones diferentes han circulado en torno a la fecha en que se vence el plazo de la suspensión provisional impuesta al gobernador titular de Bolívar, Joaco Berrío Villarreal. Mientras que para el gobernador (e) Jorge Mendoza Diago, la Procuraduría General de la Nación aclaró que el 27 de febrero es la fecha en que debe entregar el cargo, otra cosa considera el abogado defensor de Berrío Villarreal, Carlos Isaza Serrano. El 27 de febrero Toda vez que para Mendoza Diago existía la duda, éste consultó a la Procuraduría para tener exactitud, ya que una es la fecha en que se dictó el auto ordenando la suspensión inicial, y otra es la fecha en que el Presidente, de acuerdo con el mandato constitucional, hace efectiva la suspensión. “Yo no sabía qué fecha tomar como base para contar los seis meses de suspensión, por eso me dirigí a la Procuraduría solicitándole sus instrucciones sobre el particular”, dice Jorge Mendoza. En la respuesta, firmada por el procurador Delegado, Carlos Augusto Mesa Díaz, dice que el 27 de agosto de 2009 es la “fecha a partir de la cual se ejecuta la medida de suspensión y se prorrogó por tres meses más”. En consecuencia, Mendoza Diago sostiene que los primeros tres meses de suspensión se cumplieron el 27 de noviembre y la prorroga, por el mismo tiempo, se cumplen el próximo 27 de febrero. “De acuerdo con instrucciones precisas de la Procuraduría, la fecha en la que el doctor Berrío podrá reintegrarse será el 27 de febrero, fecha en que deberé hacerle entrega del cargo”, expresa Mendoza Diago. Otra opinión Para el abogado Carlos Isaza Serrano, apoderado del gobernador Berrío, la respuesta a la que se refiere Mendoza Diago, la cual entregó el Procurador Delegado, fue suministrada sin autorización legal, toda vez que, a su juicio, no se encuentra previsto en el ordenamiento disciplinario el suministro de información a sujetos diferentes a los procesales. Dice el abogado en una carta dirigida al Procurador Delegado, que con esto se están creando las condiciones para prolongar la suspensión de Berrío Villarreal más allá de las condiciones legales. En la carta Carlos Isaza explica que las decisiones de suspensión provisional se cuentan a partir de su adopción y no de su ejecución, lo que llevaría a que la prórroga se venza el 20 de febrero, es decir, mañana sábado. Además, sostiene que no es cierto que Joaco Berrío haya ocupado su cargo hasta el 27 de agosto, y argumenta que la medida provisional es de cumplimiento inmediato, ya que a partir de la Constitución Política de 1991 el Ministerio Público se consagró como un órgano autónomo e independiente, cuyas decisiones se ejecutan directamente y no por un poder público ajeno a ella. Así las cosas, al poder Ejecutivo no le correspondía ejecutar la decisión, sino proveer la persona que debía ocupar el cargo provisionalmente, lo que de ser así, confirmaría el 20 de febrero como la fecha de vencimiento de la suspensión. Respetuoso de la Ley A pesar de que Jorge Mendoza considera claro lo que dice el Procurador Delegado, sostiene que si por alguna circunstancia las autoridades competentes determinan otra cosa, no tendrá inconveniente para hacer la entrega del cargo en el momento en que lo dispongan. También reitera que es muy respetuoso de la Ley y las disposiciones gubernamentales, y que se someterá a lo que Joaco Berrío disponga para efectos del respectivo empalme.

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