Los taxistas que no portan la planilla de tarifas en un lugar visible para los pasajeros pueden ser multados con el pago de 8 salarios mínimo diarios vigentes.
Esa es la sanción que ha impuesto el Tránsito Distrital a 515 integrantes de este gremio que han sido sorprendidos incumpliendo esta norma durante este año, al no portar la lista de precios en sus vehículos.
Según el organismo de tránsito, en el año 2015 fueron 556 los comparendos por esta infracción, que impide a los usuarios verificar realmente el valor de un servicio, lo que da lugar a cobro abusivo por parte del taxista.
Cada taxista debe poseer la planilla de tarifas en lugar visible, luego de la expedición del Decreto 009 del 6 de enero del 2016, la cual además estableció como tarifa mínima el valor de $6.000 y un recargo nocturno de $500, el cual rige desde las 08 pm. a 5 a.m.
A partir de la expedición del Decreto, los taxistas y las empresas de transportes tenían plazo de una semana para hacer visibles las tarifas en sus vehículos, so pena de incurrir en las sanciones que contempla el Código Nacional de Tránsito.
Esta infracción puede ser sancionada también para la empresa propietaria del taxi, con el pago de 11 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Los propietarios, poseedores o tenedores de vehículos tipo taxis deberán garantizar el porte de la tarjeta de control en cada uno de los vehículos, su omisión genera una sanción de 1 a 3 salarios mínimos mensuales vigentes.
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