Pese a las campañas pedagógicas que el Distrito ha realizado y a la difusión que se le ha hecho a estas para que los propietarios de los establecimientos de comercio tengan claro cuáles son los documentos que deben tener al día para evitar sanciones o cierres definitivos de sus negocios, la escena se repite uno y otro fin de semana en operativos.
El pasado fin de semana, la Secretaría del Interior en compañía de otras entidades de la Alcaldía y autoridades del orden público, visitó 12 establecimientos en la calle de La Media Luna del Centro Histórico y Bocagrande. Todos, sin excepción alguna, tenían vencido algún permiso o certificado, o lo que es peor aún ni siquiera lo han expedido.
El alcalde de la Localidad 1: Histórica del Caribe Norte, Javier Enrique Jaramillo Martínez, explicó que ante el panorama uno de los establecimientos fue sellado preventivamente y el resto fueron conminados a presentar los papeles faltantes, aunque no especificó cuáles.
“Hicimos el cierre temporal preventivo de un establecimiento en la Media Luna. Ese negocio tiene 30 días-como manda la ley- para presentar los documentos que le hacen falta. El mismo tiempo tienen los otros para hacerlo. Si en ese lapso no se presentan, se abre un proceso administrativo sancionatorio que puede terminar en el cierre definitivo del lugar”, apuntó Jaramillo.
En el operativo de control participaron el Establecimiento Público Ambiental (EPA), para el control del ruido; Bomberos, para la revisión de extintores y salidas de emergencia; Policía de Infancia y Adolescencia, para el control de ingreso de menores de edad a estos sitios; La Sijín, para el tema del microtráfico; el Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), para verificar la caducidad de alimentos y licores, y promover el uso del condón, y Migración Colombia, para el control de extranjería.
Capacitaciones
Para evitar que cada día sean más los propietarios o establecimientos que infringen las normas, la Alcaldía Local contempla realizar en este mes unas jornadas de capacitación sobre lo que estipula la ley.
¿Qué papeles debe tener en orden?
De acuerdo a la Ley 232 de 1995, si usted tiene un establecimiento comercial debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Certificado del uso del suelo: Este dependerá de su actividad económica. Tenga en cuenta que en zonas residenciales no puede ejercer otro tipo de actividad distinta.
2. Certificado sanitario: Lo expide el Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis) y da constancia de que en su negocio el personal está capacitado para la manipulación de alimentos.
3. Certificado de Bomberos: Este consta de que en su negocio no hay riesgo eléctrico ni de incendio y que sus extintores son los adecuados y están en buen estado. Además, se verifican los planes de evacuación y salidas de emergencia del lugar.
4. Constancia de pago de derechos de autor: Sólo aplica para aquellos establecimientos que reproduzcan música u obras musicales. Eso puede ser con Sayco y Acinpro, o con Garrido (Más económica).
5. Matrícula mercantil vigente: Es expedida en la Cámara de Comercio. Este es el único documento que si usted no aporta, se le sella provisionalmente el establecimiento. Si lo tiene, pero no está vigente, usted deberá presentarlo en los próximos tres días.
6. Notificación de apertura del establecimiento de comercio: Una vez abra su negocio, usted deberá notificarlo de inmediato a la Secretaría de Planeación.
¡Póngase al día con los documentos y evite sanciones!
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