Este lunes 2 de septiembre cambia el pico y placa para vehículos particulares en Cartagena, en un nuevo decreto que tiene validez a partir de la fecha y hasta el 30 de agosto del próximo año.
El nuevo decreto rota los números de placas, y seguirá operando en las avenidas y vías principales, mas no en el interior de los barrios de Cartagena, y aunque la primera semana los comparendos serán pedagógicos, es bueno no confiarse, porque un comparendo educativo también tiene sus alcances.
El primero es que a la persona que se le imponga un comparendo pedagógico deberá asistir al curso de tránsito para contraventores que imparte el Departamento Administrativo de Tránsito y Transportes, Datt.
Estos cursos tienen una duración promedio de dos horas, y se dictan en las sedes de Manga y Marbella, de 8 de la mañana a 4 de la tarde, de lunes a viernes.
Y el segudo es que si el contraventor no asiste, la sanción se le volverá pecuniaria, es decir, que deberá pagar la multa estipulada en 15 salarios mínimos legales diarios, equivalente a unos 294 mil pesos.
HASTA CUÁNDO OPERA
La nueva restricción para el pico y placa de vehículos operará de lunes a viernes, exceptuándose los días feriados.
El horario es el mismo: de 7 a.m. a 9 a.m., de 12 del mediodía hasta las 2 p.m. y desde las 5 p.m. a las 7:30 p.m.
VÍAS DE LA CIUDAD
El Datt recuerda que el pico y placa ya no opera en todas las vías de la ciudad, sino en algunas avenidas y calles.
Estas son:
Avenida Pedro de Heredia: tramo comprendido entre la intersección con la avenida Luis Carlos López y Avenida Rafael Núñez (Sector India Catalina) hasta la intersección con la Transversal 54 (Sector de la Bomba el Amparo).
Avenida Pedro Romero (Calle 31 B) tramo comprendido entre la carrera 30 (La Esperanza) hasta la intersección con la Transversal 54.
Carrera 30 (La Esperanza) en el tramo comprendido entre la intersección con la Avenida Pedro de Heredia hasta la intersección con la Avenida Pedro Romero.
Avenida Venezuela, en el tramo comprendido desde la intersección con la Avenida Pedro de Heredia y la Avenida Blas de Lezo.
Avenida Blas de Lezo, en el tramo comprendido desde la intersección con la Avenida San Martín (carrera 2ª) y Carrera 1ª (Avenida Santander) hasta la avenida Venezuela.
Avenida Rafael Núñez, en el tramo comprendido desde la intersección con la carrera 1ª (Avenida Santander – Tenazas) hasta la intersección con la avenida Pedro de Heredia (India Catalina).
Avenida Luis Carlos López en el Tramo comprendido entre la intersección de la Avenida Pedro de Heredia (India Catalina) hasta la intersección con la Calle 30.
Calle 30 que la conforman los siguientes tramos:
Tramo (Calle de la Media Luna), comprendido entre la intersección con la carrera 8ª (Camellón de los mártires) hasta la intersección con la Avenida Playa del Pedregal.
Tramo comprendido en la intersección con la playa del pedregal hasta la intersección con la carrera 20 (calle Mompox).
Tramo comprendido desde la intersección con la calle 20 (Calle Mompox) hasta la intersección con la Avenida Pedro de Heredia (Texaco Nº 3).
Tramo comprendido desde la intersección con la Avenida Pedro de Heredia hasta la intersección con la Diagonal 34 y carrera 48.
Tramo comprendido entre la intersección de la diagonal 34 y carrera 34 hasta la transversal 54.
Avenida del Lago, tramo comprendido entre la intersección con carrera 17 (puente las Palmas) hasta la intersección con la transversal 33 (Barrio Martínez Martelo).
Avenida Crisanto Luque en el tramo comprendido desde la transversal 38 hasta la Avenida Pedro de Heredia.
Vías internas de la ciudad Amurallada.
SANCIONES:
Será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de vehículo automotor que transite en horas prohibidas, además el vehículo será inmovilizado.
PICO Y PLACA Y DIAS DE LA SEMANA
LUNES: 1 - 2
MARTES: 3 - 4
MIERCOLES: 5-6
JUEVES: 7 - 8
VIERNES: 9 – 0
LOS PERMISOS
Este nuevo decreto deja sin validez las certificaciones o permisos de pico y placa.
Los interesados en permisos deberán presentar a la Dirección del DATT, la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el Paz y Salvo por todo concepto. Ello no supone aceptación por parte de la autoridad de tránsito.
