Sucesos


Pagará 12 años de cárcel por depravado

REDACCIÓN SUCESOS

15 de abril de 2011 12:01 AM

El Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento condenó a Jairo León García Rodríguez a pagar 12 años de prisión por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años agravado. El condenado, de 56 años, abusó sexualmente de su vecina, de 5 años, en medio de un descuido de la madre de la menor, quien atendía un restaurante. El hecho ocurrió el 7 de julio de 2009.
Según la sentencia, ese día la niña se dirigió a la casa de García Rodríguez para ver televisión. Cuando la madre se percató de la ausencia de su hija salió a buscarla. Al llegar a la residencia de Jairo García escuchó la voz de su pequeña en una de las habitaciones de la vivienda. Al intentar abrir la puerta se percató que ésta estaba cerrada con llave.
Preocupada por la situación llamó a la menor y ésta salió de la habitación “con la ropa mal puesta y los pantalones abajo”, según, cuenta la sentencia.
Al ver la manera como salió su pequeña, la madre agredió a García Rodríguez y se llevó a su hija para su casa.
En su vivienda, la menor le contó a su hermana mayor parte de lo que le había sucedido en la habitación donde estaba.
“Cuando Jairo llegó, la cogió de las manos y la bajó por la parte de atrás por unas escaleras y le decía ‘chito, chito’, que no hiciera bulla porque su mamá se daba cuenta…;”, dice la sentencia sobre el relato de la hermana de la niña agredida
Luego la pequeña narró los vejámenes a los que fue sometida por parte de su vecino.
Contra esto, el agredido adujo que la menor lo buscaba como medida de protección contra los insultos y las amenazas de agresión de su madre.
“Yo estaba era pintando una puerta y la mamá empezó a llamarla pero ella no le hacía caso porque ella siempre me buscaba cuando la mamá la buscaba para pegarle. Yo regañaba a la señora y le decía que no le pegara y por eso ella me buscaba”, dijo el entonces sindicado en su testimonió de defensa.
El hombre siempre calificó el proceso en su contra como una “calumnia” y se declaró inocente.
Sin embargo, el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento consideró los testimonios de los menores como válidos y por tanto halló penalmente responsable a Jairo León García Rodríguez del delito que se le imputaba.
Vivieron juntos
Uno de los factores que el juzgado que profirió la sentencia tuvo en cuenta para agravar la conducta del condenado, fue el hecho de que él y la madre de la menor tuvieron vida marital.
La convivencia, sin embargó, duró sólo dos meses y luego se separaron. Al parecer, en este tiempo también hubo alguna insinuación del hombre para con una de las dos hijas de la mujer, quien es oriunda del departamento de Antioquia.
Por esto, el juez del caso consideró que el acusado tenía carácter o posición que le daba autoridad sobre la víctima, algo que se consideró como agravante

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