Sucesos


Si no denuncia abusos sexuales en menores de 18 años incurre en delito

EL UNIVERSAL

27 de noviembre de 2009 12:01 AM

Las personas que no denuncien abusos sexuales en los que los afectados sean menores de 18 años de edad, pueden ser cobijados con el delito contemplado en el Código Penal relacionado con la omisión de denuncia. Así lo dio a conocer el magistrado Nilson Pinilla, presidente de la Corte Constitucional, al afirmar que el estudio hecho por esa Corporación al artículo 441 del Código Penal permite ampliar el espectro de sanciones y cobijar de paso a los menores comprendidos entre los 13 y los 18 años de edad, quienes merecen especial protección. La forma como había sido redactada la ley originalmente, es decir, con la posibilidad de cobijar con el delito a quienes no denuncien abusos contra menores de 12 años, afectaba los derechos de las personas de entre 13 y 18 años quienes, reconoce la ley, siguen siendo menores de edad, y por ende merecen especial protección.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS