Cartagena


Van 225 comparendos por ocupar el espacio público

HILENIS SALINAS GAMARRA

15 de enero de 2018 12:00 AM

De los comportamientos contrarios al cuidado del espacio público enmarcados en el nuevo Código de Policía, los más comunes en Cartagena son el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas en espacios públicos, realizar necesidades fisiológicas en el espacio público, portar elementos prohibidos y ocupar el espacio público en violación a las normas vigentes.

En total, desde que se acabó la etapa pedagógica de la Ley 1801 de 2016, se han impuesto en la ciudad 2.183 comparendos por infringir el Artículo 140 y otros 114 por comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas, es decir el artículo 33.

La Policía Metropolitana de Cartagena habló con El Universal sobre cómo ha sido la implementación del Código con respecto a estos dos puntos en la ciudad.

Los comparendos en cifras

* 2.297 por actos que afectan la tranquilidad en el vecindario o lugar de habitación urbana.
* 1.091 por consumo de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas en espacio público.
* 484 por realizar necesidades fisiológicas en el espacio público.
* 338 por portar elementos prohibidos en el espacio público.
* 225 por ocupar el espacio público en violación a las normas vigentes.
* 51 por sonidos o ruidos en actividades, fiestas o reuniones que afecten la convivencia por su efecto auditivo.
* 26 por actos que afectan la tranquilidad en el vecindario o lugar de habitación urbana.
* La confianza legítima y el compromiso distrital

El trabajo más evidente en recuperación del espacio público en coordinación con la oficina de Espacio Público, explicó la Teniente Linda Barrios, asesora jurídica de seguridad y convivencia, se dio en el Centro Histórico y Bazurto.

En el primero se ha tenido muy en cuenta el principio de Confianza legítima del que gozan algunos establecimientos ubicados en el espacio público, pero esto no los blinda totalmente.

“Estos ciudadanos, aunque tengan la Confianza legítima, violan la normatividad. Un ejemplo son los vendedores de fritos que tienen años en la zona, pero cocinan ahí mismo con pipetas de gas, están contraviniendo la prohibición de porte de ciertos elementos en el espacio público, entonces se les debe aplicar el código por eso”, aclaró la teniente.

Barros también explicó que aunque hay zonas donde se ha tenido mucho éxito con los operativos, como Getsemaní, hace falta más fuerza del Distrito. “Hay algunos establecimientos que son reincidentes de la ocupación y de otras infracciones, pero nosotros solo podemos hacer incautación de elementos cuando es bien sustentada la reincidencia, por lo que nos falta que se crucen bien los listados para saber quiénes en realidad tienen la confianza y quiénes no”.

En Bazurto, zona que durante fin de año suele llenarse de vendedores, la verificación y recuperación era más directa, porque la zona fue restituida hace unos años y por tanto ninguno tenía confianza legítima.

El ruido en los barrios

Dentro de los comportamientos que afectan la tranquilidad de las personas, el numeral 1, con sus dos primeros literales es el que más comparendos lleva: 69. Estos tienen que ver con sonidos o ruidos en actividades, fiestas o reuniones con gran efecto auditivo y la capacidad de la Policía para desactivar la fuente de ruido.

Para la aplicación de este artículo en la ciudad, explicó Barros han tenido en cuenta algunos principios que el mismo Código indica, como el de proporcionalidad y necesidad.

“El código habla claramente que se debe imponer una orden de comparendo si alguien está infringiendo, pero también nos da unos principios. Es decir que si en un barrio, una familia que nunca hace ruido, un día prende el equipo y enseguida el vecino llama para que lo apaguen, hay algo de razonabilidad ahí que nos dice que no debería ponerse el comparendo, sino llamar la atención para hacer la música más tolerable”. La teniente también contó que hay barrios donde no se presentan quejas ni comparendos porque nadie se queja, “al contrario, hasta sincronizan los equipos en la misma emisora para escuchar la música más alta”, puntualizó.

Los reincidentes

Pero si después del llamado de atención, el ciudadano vuelve a subir el volumen, la lógica es apagar el equipo. “Eso es lo que la ciudadanía de pronto no ha entendido. Hay que tener un margen de tolerancia, de convivencia. Por eso incluso en los reincidentes, la idea es que sean ellos mismos los que apaguen, porque también se entiende que se pueden dañar equipos con solo desconectar”.

¿Y el consumo de alcohol?
El numeral 7 del Artículo 140 fue el más infringido, con 1.091 comparendos por consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en espacios públicos. 

Los establecimientos y el POT

La potestad de cerrar establecimientos que no cumplan con el Plan de Ordenamiento Territorial también es posible ahora para la Policía. Así, coordinados con otras entidades, se dio el cierre de un local en La Esperanza que funcionaba como club un sector que solo permitía comercios como droguerías, papelerías y tiendas.

También tomó fuerza el control del consumo de alcohol en tiendas y el sonado cierre de la zona U cerca de La Castellana, por no contar con certificado de suelos para la venta y consumo de licor.

“Como esos establecimientos no se pondrían a tono con los requerimientos que no cumplían porque solo se puede con la actualización del POT, nosotros hacemos varios cierres temporales hasta llegar a uno de tres meses. Ahí la inspección de policía debe abrir un proceso para el cierre definitivo”, constató Barros.

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