La Sala de Consulta y Servicio Civil el Consejo de Estado señaló que el alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, no podía modificar por decreto el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Al responder la solicitud que hiciera el Ministerio del Interior, a petición de una concejal de Bogotá, la Sala respondió que en el cabildo distrital no fue aprobado el proyecto de revisión o modificación al POT por lo cual el mandatario no podía hacerlo vía decreto.
“El alcalde no puede adoptar el proyecto por decreto, pues se estaría contrariando y desconociendo las facultades constitucionales y legales del Concejo para decidir las suerte de los proyectos de acuerdos”, dice el concepto.
El documento de carácter reservado y que no es obligante para la administración Distrital, señaló que tras la caída del proyecto en el Concejo el paso a seguir es el archivo de la iniciativa.
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