La Corte Constitucional avaló el decreto de paz 870 de 2017, que establece un Pago por Servicios Ambientales, que es un incentivo dirigido a las personas públicas o privadas que diseñen o promuevan estrategias en áreas y ecosistemas ambientalmente estratégicos con presencia de cultivos de uso ilícito, conflictos por uso del suelo, entre otros.
Se trata de un “incentivo económico en dinero o en especie que reconocen los interesados de los servicios ambientales a los propietarios, poseedores u ocupantes de buena fe exenta de culpa por las acciones de preservación y restauración en áreas y ecosistemas estratégicos, mediante la celebración de acuerdos voluntarios entre los interesados y beneficiarios de los servicios ambientales”.
El decreto aplica a las personas públicas o privados que promuevan, diseñen o implementen proyectos de Pago por Servicios Ambientales financiados o cofinanciados con recursos públicos y privados.
Igualmente, establece que se adelantarán las acciones de capacitación y educación ambiental con los participantes del incentivo y demás actores locales y regionales.
La Corte consideró que este incentivo no vulnera la Constitución, pero lo condicionó para que las autoridades ambientales den aval a cada proyecto y le hagan seguimiento.
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