Colombia


Corte iniciará debate del plebiscito el próximo miércoles

COLPRENSA

23 de junio de 2016 12:00 AM

La Sala Plena de la Corte Constitucional acordó que el próximo miércoles iniciará el debate sobre la ley que regula el plebiscito por la paz como mecanismo de refrendación de los acuerdos de paz. 

Ese día se escuchará al magistrado Luis Ernesto Vargas, quien deberá exponer su ponencia que va avalando el plebiscito para la paz. Esto con independencia de una recusación que fue presentada por el abogado Jorge Arango Mejía, en contra el magistrado Vargas, en la que pide que sea apartado de la discusión por presuntamente tener un interés en la aprobación de dicho mecanismo de refrendación. 

El abogado aseguró que a su juicio Vargas ya tenía lista la ponencia antes de que se convocara a la audiencia pública para escuchar las opiniones a favor o en contra del Plebisicito. "Si hubiera sabido que la decisión estaba tomada, y la ponencia correspondiente escrita, créanme señores magistrados no habría participado en lo que al final de cuentas solo fue una comedia", indicó. 

La ponencia fija algunos condicionamientos sobre la forma cómo se haría la campaña por el plebiscito, en el entendido que deberá hacerse tanto para promover el 'sí' como el 'no' y la abstención. 

El documento señala que la campaña por el plebiscito no podrá incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos o que se relacione con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular. 

La ponencia, que debe ser aprobada por la Sala Plena de la Corte, también señala que la divulgación del Acuerdo Final en las campañas tiene que ser netamente informativa sobre su contenido y no pueden tener cargas valorativas ni estratégicas que busquen incidir en el voto de los colombianos. 

Es decir, que la información transmitida a los colombianos en radio y televisión debe ser veraz e imparcial y, además, esta divulgación solo se podría iniciar después que el Congreso haya autorizado su realización. 

La ponencia del magistrado Vargas igualmente señala que el presidente debe publicar en el Diario Oficial el contenido completo del Acuerdo Final antes de convocarlo, así como en los medios de comunicación y al menos 30 días hábiles antes de la fecha de votación del mismo. 

La ponencia señala que la divulgación debe tener en cuenta a las personas con discapacidad y a aquellas comunidades que no se comunican en español y que se deben crear estrategias de difusión en zonas apartadas del país. 

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