Colombia


Drummond recibió con beneplácito fallo de la Corte de EE.UU.

COLPRENSA

06 de abril de 2015 08:14 PM

La Corte Federal de Apelaciones del 11vo Circuito en Atlanta (Estados Unidos), archivó el caso de “Jane Doe, et al., versus Drummond Company Inc., Drummond Ltd., et al., luego de dictaminar que carecía de fundamentos.

De acuerdo con lo anterior, la multinacional dijo que “con la absolución a la Compañía y sus ejecutivos de toda presunta actividad criminal, Drummond recibe con beneplácito este fallo, que es una confirmación que nuestras operaciones se ciñen a la ley en todo momento”.

Según confirmó la compañía, la decisión sobre la demanda que fue instaurada en primera instancia en 2009, se dio tras revisar el caso en el cual la compañía y dos de sus ejecutivos habían sido acusados de estar presuntamente involucrados en una conspiración con grupos paramilitares.

La multinacional explicó que la Corte de Apelaciones corroboró el fallo de primera instancia, según el cual no hay evidencias de que Drummond Company Inc., Drummond Ltd ni sus ejecutivos estuvieran presuntamente involucrados en realizar pagos a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Adicionalmente, la compañía manifestó que la Corte falló que tampoco hay evidencias de que ejecutivos de Drummond “supieran que personas que no eran combatientes hubieran sido asesinados cerca a la vía férrea”.

El alto tribunal también estableció que no hay pruebas de que “los paramilitares estuvieran recibiendo pagos por parte de Drummond”, al tiempo que determinó que “las evidencias presentadas por los demandantes no probaron culpabilidad de los demandados”.

Consecuentemente, la Corte de Apelaciones corroboró el fallo inicial a favor de los demandados, donde, según Drummond, establece que no existen evidencias de que los ejecutivos “tuvieran conocimiento alguno de un presunto plan corporativo para financiar o apoyar de alguna manera a las AUC, menos aún que hubieran participado en tal plan o que tuvieran control sobre los que presuntamente hubieran participado”.

En este sentido, la decisión reiteró que “los demandantes no presentaron evidencias genuinas que comprobaran una responsabilidad” en relación con “un presunto plan corporativo que resultara en la muerte de civiles en cercanía a las operaciones mineras o la línea férrea por parte de las AUC”.

A su vez, dijo que “no hay pruebas de culpabilidad de los demandados con respecto a las acusaciones de los demandantes con base en la Ley de Protección de Víctimas de Tortura de 1991 (Torture Victim Protection Act of 1991 (TVPA))”.

Igualmente, afirmó que no ha estado involucrado en ningún momento en actividades ilícitas ni se ha relacionado con grupos al margen de la ley, al tiempo que comentó que este caso surgió por iniciativa de unos abogados ambiciosos que buscaban grandes ganancias generando acusaciones falsas.

En este orden de ideas, la compañía manifestó que se hizo justicia en las cortes, y que ahora, los ejecutivos que habían sido falsamente acusados pueden trabajar y la multinacional puede seguir trabajando sin problema alguno.

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