Colombia


Los argumentos con los que se evitaría que investiguen al presidente Santos

COLPRENSA

26 de agosto de 2017 12:25 PM

De cara a la decisión que deberá tomar la sala del Consejo Nacional Electoral sobre si abre o no investigación formal en contra del presidente de la República, Juan Manuel Santos, por irregularidades en su campaña de 2014, la defensa del mandatario radicó una carta ante la autoridad electoral pidiendo el archivo de la investigación.

"De manera atenta solicito a los honorables magistrados del Consejo Nacional Electoral el archivo de la investigación que se adelanta contra la campaña 'Santos Presidente 2014-2018' ya que no existe prueba alguna dentro del expediente que permita determinar que los dineros de Odebrecht de los que habla el señor Otto Nicolás Bula y que dan origen a la investigación, hayan ingresado formal, material y realmente a dicha campaña presidencial", se lee en la misiva de 20 páginas.

La campaña del presidente Santos sigue en el proceso de indagación preliminar dentro del Consejo Nacional Electoral por las revelaciones del Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, quien afirmó que según el exsenador Otto Bula Odebrecht habría aportado cerca de un millón de dólares a la campaña del jefe de Estado, aunque Bula aclaró después que no le consta que el dinero que él recibió y entregó fuera para la campaña.

Por otra parte, el exgerente de campaña, Roberto Prieto, reconoció que hubo una operación irregular en la que Odebrecht pagó 400.000 dólares para unos afiches promocionando al entonces candidato, pero ese aporte se habría dado en la campaña de 2010- 2014, la cual no entra en este proceso de investigación y es una irregularidad que no se puede investigar ya, debido a que se venció la caducidad de tres años para hacerlo. 

Pero hay otro argumento que favorecería a Santos. En la carta, la defensa cita el artículo 19 de la ley 996 de 2005 en la que se afirma que los responsables de la rendición de cuentas de las campañas son el Gerente de la misma y que "el candidato presidencial, el Gerente, el Tesorero y el Auditor de las campañas, responderán solidariamente por la oportuna presentación de los informes contables y por el debido cumplimiento del régimen de financiación".

Junto a esto, recuerda la sentencia de la Corte Constitucional C-1153 del mismo año, que explica la norma y que les permite afirmar que en la misma ley se establece que la competencia para investigar al ganador de las elecciones presidenciales es del Congreso de la República.

"Si el Consejo Nacional Electoral, llegara a encontrar alguna situación que dé lugar a una investigación de orden administrativo, deberá remitirla al Congreso de la República con ocasión del fuero constitucional que le asiste, para que dentro del procedimiento establecido adelante las investigaciones del caso", afirma.

Es decir, si la sala plena del Consejo coincide con la ponencia hecha por la magistrada Ángela Hérnandez, quien afirma que hay razones suficientes para abrir la investigación por presuntos aportes irregulares de parte de la multinacional brasilera a la campaña de 2014-2018 del actual presidente de Colombia, el caso lo debe asumir la Comisión de Acusaciones del Congreso de la República.

Por eso se concluye la carta con lo siguiente: "Compete al Consejo Nacional Electoral investigar al candidato presidencial (no ganador), Gerente, Tesorero y Auditor de las campañas por faltas contra el régimen de financiación de las campañas presidenciales y en el caso del candidato ganador la competencia se traslada al Congreso de la República".

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