Colombia


Niegan demanda contra resolución que autorizó mesa de negociación en la Habana

COLPRENSA

04 de agosto de 2016 06:24 PM

El Consejo de Estado negó la demanda que se presentó en contra de la Resolución 339 del 19 de septiembre de 2012, que dio vía libre a la instalación de una mesa de diálogo con la guerrilla de las FARC en La Habana, Cuba, y se designaron los negociadores del Gobierno para tales efectos.

El demandante alegaba que dicha Resolución era ilegal, porque había excluido del proceso de negociación a la guerrilla del ELN y violaba el deber del Estado de proteger la vida de los colombianos, puesto que se seguían cometiendo actos violentos contra la población civil, según informaciones publicadas en medios de comunicación.

La Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García González, señaló que la Resolución demandada materializa los compromisos adquiridos entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, lo cual implicaba que para el cumplimiento de lo allí consignado se diera vía libre a la conformación de la Mesa de Diálogo, debidamente autorizada y dispuesta bajo el amparo estatal.

“Constituye la demandada Resolución 339 de 2012 un acto instrumentador de la primera fase de los convenios a los que arribaron las partes, en cuanto que permitió canalizar y aterrizar a la realidad jurídica la decisión consensuada de establecer como pieza angular de la negociación una Mesa de Diálogo con sus respectivos representantes gubernamentales, la cual no hubiese podido obtener entidad jurídica propia de no haber sido por la manifestación de la voluntad inequívoca del Presidente de la República en desarrollo de sus funciones administrativas”, indica la sentencia.

La Sala señaló que la coyuntura estuvo dada para que se iniciaran las conversaciones con las FARC-EP y el Acuerdo no se invalida o deslegitima por adelantarse con uno solo de los grupos armados que, creyendo en la salida negociada del conflicto del cual es actor principal, decidió sentarse en la Mesa de Diálogo, lo que a todas luces no hizo el ELN.

“Además, del contenido de la Resolución número 339 no se infiere que el Presidente de la República no considere fundamental la negociación con el ELN o la deseche de plano, máxime si, precisamente, en el Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera expresamente se señala la disposición total del Gobierno y de las FARC-EP de llegar a un acuerdo, y la invitación a toda la sociedad Colombiana, sin distinción, incluidas otras organizaciones guerrilleras a las que invitan a unirse a ese propósito”, puntualiza el documento.

Finalmente, el fallo señala que los actos de terrorismo referidos por el demandante y que fueron perpetrados por el ELN con posterioridad a la suscripción del Acuerdo General y a la expedición de la Resolución demandada, lejos de probar la existencia de una falsa motivación en estos, lo que permite es reafirmar la necesidad de iniciar cuanto antes un diálogo permanente y fluido con dicha organización, para encontrar una pronta solución negociada a tal conflicto. 

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