Colombia


Ningún órgano podrá tocar las decisiones de la Jurisdicción Especial de Paz

COLPRENSA

15 de diciembre de 2015 03:28 PM

Por Lorena Beltrán

El fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, se refirió al componente de justicia del acuerdo de víctimas anunciado por el Gobierno y las Farc este martes en La Habana, Cuba.

Montealegre, quien calificó el acuerdo como un inamovible y un punto de no retorno en el proceso, aseguró que se necesita garantizar la seguridad jurídica, para que en el futuro no se puedan abrir los procesos que deje cerrados la Jurisdicción Especial de Paz.

“La Jurisdicción Especial de Paz se convierte en un órgano de cierre. Esto significa que las decisiones que tome la Jurisdicción Especial de Paz son definitivas, solamente pueden ser resueltas por la misma jurisdicción. Ningún órgano de jurisdicción ordinaria, ni siquiera la Corte Suprema puede tomar decisiones o revisar la Jurisdicción Especial de Paz”, dijo el Fiscal.

Asimismo, agregó que el modelo acordado combina la sanción restaurativa con una sanción restrictiva de la libertad, por lo que no habrá amnistía general. El funcionario explicó que “no es una ley de punto final”. En ese sentido, dijo que habrá procedimientos concretos, persona a persona, después del reconocimiento de cada quien de sus responsabilidades, para llegar a sentencias definitivas que pongan fin al conflicto.

Advirtió que lo pactado mantiene el fuero Constitucional de los actos cometidos por Presidentes de la República, por lo que los hechos que haya cometido un jefe de Estado durante el ejercicio del cargo y que tengan relación con su función, no irán a esta jurisdicción.

“Los hechos cometidos por alguien antes de la Presidencia de la República o después del ejercicio de su investidura, sí podrían ir a la Jurisdicción Especial de Paz”, aclaró.

NARCOTRÁFICO Y DELITO POLÍTICO

Aunque se excluye la posibilidad de amnistías por delitos graves o de lesa humanidad, el acuerdo establece la posibilidad de dar amnistías más amplias posibles para delitos políticos y conexos. Allí el Fiscal revivió una polémica en torno a la posibilidad de la conexidad de delitos relacionados con la financiación de la actividad subversiva.

“Se consagra un criterio muy amplio de conexidad que daría incluso la posibilidad de que los delitos de narcotráfico, que tengan relación directa con las actividades de la guerrilla podrán ser objeto de amnistías e indultos en Colombia”, defendió Montealegre.

El Fiscal fue enfático en que la Jurisdicción acordada en Cuba también asumirá competencias disciplinarias para conductas que tengan relación con el conflicto, una potestad que le permitirá incluso resolver sobre la anulación de sanciones que haya impuesto la Procuraduría o cualquier otra entidad disciplinaria.


TRATAMIENTO DIFERENCIAL A MILITARES

El Fiscal indicó que el órgano judicial enviará informes descriptivos sobre los crímenes de las Farc y las violaciones cometidas a los Derechos Humanos. No obstante no será este organismo el que califique provisional o definitivamente, si los cabecillas de la guerrilla cometieron o no delitos de lesa humanidad, pues ésta es una de las competencias de la Jurisdicción Especial.

En ese sentido, Montealegre aclaró que habrá criterios diferenciadores entre la ilegales y Fuerzas Militares.

“No importa la gravedad o la naturaleza de crimen internacional de la grave violación que haya cometido un miembro de la Fuerza Pública, así se trate de delitos de competencia de Corte Penal Internacional (...) si el hecho tiene relación con el conflicto, será competencia de la Jurisdicción Especial de Paz”, explicó.

No obstante en el caso de los militares podrá existir pena privativa efectiva de la libertad, por ejemplo frente a casos como los falsos positivos, que podrán entrar en la Jurisdicción acordada en Cuba y ser objeto de Justicia Transicional, pero en estos casos debe existir privación efectiva de la libertad.

“Aún así, se puede hablar de una posible disminución de la pena por colaboración en materia de verdad y reparación. Pueden existir tratamientos penitenciarios flexibles como arrestos de fin de semana o trabajos diurno y arresto nocturno. Hay una gran gama de posibilidades de tratamientos penitenciarios flexibles. Lo que hay que aclarar es que el régimen de imputación a miembros de la Fuerza Pública tiene que ser diverso”, concluyó. 

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS