Por violar lo estipulado de la Ley 1429 del 2010 en materia de tercerización, e incurrir en intermediación ilegal, el Ministerio del Trabajo emitió una sanción a Caracol Radio de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 s.m.l.m.v).
Asímismo sancionó a las empresas GRL Colombia Limitada y a Serdan S.A. por prestarle servicios de tercerización a la cadena radial.
La Ley 1429 del 2010 afirma que “el personal requerido en toda institución pública y/o privada para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de Cooperativas de Servicio de Trabajo Asociado que hagan intermediación laboral o bajo ninguna otra modalidad de vinculación”.
De esta forma, la decisión del Ministerio del Trabajo en la parte resolutiva expone:
Artículo Primero: Sancionar a la Sociedad Caracol Primera Cadena Radial, representada legalmente por el Señor, Christian Dieb Four, por la infracción del artículo 63 de la Ley 1429 del 2010 con la multa de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 1.475’430.000 con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Artículo Segundo: Sancionar A La Sociedad GRL Colombia Limitada, representada legalmente por el Señor Christian Dieb Four, por la infracción del artículo 63 de la ley 1429 del 2010 con la multa de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 1475’430.000 con destino al SENA.
Artículo Tercero: Sancionar a la sociedad SERDAN SA, Representada Legalmente por Ana María Sabogal Henao , por la infracción del artículo 63 de la ley 1429 del 2010 con la multa de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 1.475’430.000 con destino al SENA.
Estas entidades sancionadas cuentan con un recurso de apelación o deberán en 15 días cancelar las multas establecidas por MinTrabajo.
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