Colombia


Procuraduría pide a la Corte no pronunciarse en demanda contra el plebiscito

COLPRENSA

19 de febrero de 2017 05:29 PM

La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que no se pronuncie sobre una demanda que se presentó en contra del plebiscito por la paz, al estimar que el Acuerdo sobre el que se le consultó al pueblo en dicha jornada ya no existe y es otro el que está en marcha.

La demanda la presentaron los ciudadanos Natalia Chaparro Castañeda y William Efraín Castellanos en contra de la convocatoria del plebiscito por considerar que no hubo tiempo para la inscripción de cédulas ni en el territorio nacional o en el extranjero y que no se divulgó el Acuerdo de Paz a las comunidades étnicas.

En concepto firmado por el Procurador Fernando Carrillo y enviado a la Corte Constitucional, se argumenta que ya hay una carencia actual del objeto porque tras el triunfo del ‘No’ en el plebiscito, se renegoció el Acuerdo y es ese el que está rigiendo ahora.

“Se encuentra que un pronunciamiento que invalide el plebiscito no tendría consecuencias prácticas frente al acuerdo de paz vigente, es decir, la invalidación del pronunciamiento popular tendría efectos frente a la política pública respecto de la que se le consultó al pueblo y no de la actual. Así, un fallo judicial resultaría inane”, dice el documento.

Para la Procuraduría es claro que “si en virtud del nuevo acuerdo dejó de existir el anterior, el efecto del plebiscito se cumplió y agotó su momento, que consistió en que el Presidente no pudo implementar ese primer acuerdo”.

Además, se alega que incluso si la Corte llegara a tumbar el plebiscito, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, no podría hacer un ‘reversazo’ pues ya está en marcha el nuevo acuerdo y toda una institucionalidad al respecto.

“Como en la actualidad el país se encuentra en el proceso de implementación de un nuevo Acuerdo y autónomo respecto del anterior; dado que en esta fase no solo interviene el Presidente sino también otras autoridades públicas; y que el Acuerdo Final sometido al plebiscito ha dejado de existir por la renegociación de los términos entre el Gobierno y la Guerrilla de las FARC, un eventual decaimiento del plebiscito, en nada afectaría las decisiones que han acogido la nueva política pública de paz y su implementación por aquellos y, en suma, carecería de todo efecto”, señala el concepto.

Esta demanda está en manos de la magistrada María Victoria Calle. 

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