Durante el lanzamiento de su último informe, el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado exigió al Estado colombiano cesar las acciones hostiles contra la población civil y reconocer a las víctimas de acciones cometidas por sus agentes durante los años que ha existido el conflicto.
Este informe, que se titula 'Paz sin Crímenes de Estado: Memoria y propuestas de las víctimas', recoge los testimonios y documentos que muestran la existencia de crímenes cometidos por agentes del Estado desde 1946 y genera propuestas para la justicia, la verdad y la reparación de las víctimas del conflicto armado.
Allí se muestra que entre los años 1988 y 1990 hubo 313 masacres en el territorio colombiano, 287 de las cuales son endilgadas a grupos paramilitares con ayuda de agentes del Estado. De este modo, entre los años 1986 y 1993, cerca de 20 mil personas perdieron la vida por motivos políticos la mayoría de éstas a manos de militares y paramilitares.
Del mismo modo, a partir de las confesiones de los paramilitares desmovilizados en las audiencias de Justicia y Paz ante la Fiscalía, dan cuenta de 177.972 asesinatos y 36.011 desapariciones cometidos por ellos con la complicidad del Estado.
DUROS CUESTIONAMIENTOS CONTRA LAS FF.MM.
Además de las cifras, en este informe se revelan documentos que evidenciarían la práctica de la tortura por parte de agentes del Estado que, si bien este mecanismo está prohibido por la Constitución de 1991, seguiría implementándose en Colombia.
También se revelan documentos que constituyen manuales para la interrogación de prisioneros de guerra, bajo condiciones de tortura, como el libro 'La Guerra Moderna' que hace parte de la serie Biblioteca del Ejército, donde se recomienda la práctica de la tortura y la ejecución extrajudicial como táctica de lucha contra el terrorismo.
En el texto se recomienda que cuando un sospechoso de terrorismo sea capturado por el Ejército “él sepa que al ser tomado prisionero no será tratado como un criminal ordinario, ni como un prisionero hecho sobre el campo de batalla”.
Con esto, se ordena que el sospechoso sea sometido a un interrogatorio al cual “no irá asistido por un abogado”, con el fin de que revele la información que se le solicita o de lo contrario, “especialistas deberán, por todos los medios, arrancarle el secreto”.
Sobre los específicos del interrogatorio, el documento citado en el informe dice que al capturado “se le pedirá poca precisión sobre los atentados que él haya podido cometer, que son ya del pasado, sin interés inmediato, pero sí informaciones precisas sobre su organización”.
El documento de instrucciones llega al punto de decir que el capturado “deberá entonces, como el soldado, afrontar los sufrimientos y seguramente la muerte que pudo evitar hasta ahora”.
En otro documento, titulado 'Manual de instrucciones generales para operaciones contraguerrillas' se establece una categorización que hacían los organismos militares y policiales sobre la población civil en zonas de conflicto.
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