Columna


Adopción, parejas homosexuales

TULIA DEL CARMEN BARROZO OSORIO

18 de marzo de 2011 12:00 AM

TULIA DEL CARMEN BARROZO OSORIO

18 de marzo de 2011 12:00 AM

Según noticias de prensa, hay diversas opiniones porque una lesbiana quiere adoptar a la hija biológica de su compañera sentimental. El asunto ha tenido un itinerario tortuoso.
Por tutela interpuesta por el ICBF, llegó a la Corte Constitucional. Esta pidió concepto de las facultades de Derecho y Psicología de las universidades Nacional y de los Andes. Estas se pronunciaron en el sentido de que de no concederse la petición, se estaría arrebatando a la niña, la posibilidad de tener más de un proveedor y un cuidador, y que desde el punto de vista sicológico, los hijos de padres gays o madres lesbianas, están más preparados para asumir la flexibilidad en los roles de género que exige la sociedad. Sientan su concepto en que al entrar la madre al mercado laboral, el padre ha tenido que asumir roles propios de ésta, lo que hace que la diferenciación de los roles parentales sea más difusa.
El presidente del Consejo para la Familia del Vaticano, no lo asume desde la perspectiva de género, ni de roles, pero asegura que “los niños no están para la gratificación de los adultos, son personas y se debe buscar sobre todo, su bien y sus derechos. No existe el derecho a los hijos, sino el derecho a tener padres y una verdadera familia”. A esta voz autorizada se une la opinión en contra de algunos Gays, que dicen que la adopción por  parejas de homosexuales no es favorable por el sufrimiento que esto le acarrearía al adoptado.
Desde otro ángulo, el Presidente de la Corte Constitucional, le expresó a Yamid Amat que la Corte está llamada a producir fallos con repercusiones sociales, y aparte agregó, que además, ésta protege derechos y limita poderes.
A mi modo de ver, el asunto visto desde una óptica jurídica, tiene varios interrogantes, entre los cuales resalto el hecho de que si la Corte Constitucional es un órgano de cierre en materia de derechos constitucionales fundamentales, ¿será que protegerá en esta ocasión los derechos de los menores, y limitará el poder de los adultos? ¿No será una inequidad permitir con un fallo de la Corte, olvidar una ley natural que dice un hijo solo nace de un hombre y de una mujer?
Es por eso que, en ese sentido, nuestra Constitución reza que una familia está conformada por hombre y mujer, por la libre voluntad responsable de conformarla con o sin matrimonio. En mi opinión las consecuencias sicológicas devastadoras que este hecho dejaría en los hijos adoptados por homosexuales serían graves, ya que serían objeto de burlas en las escuelas y ningún padre dejaría que vayan a su hogar a jugar ni a estudiar, lo que hace obligatorio pensar que nuestro país no está preparado para estos cambios que son motivo de resquemor aun en sociedades más avanzadas que la nuestra.
En mi concepto, se debería legislar excepcionalmente para garantizar por lo menos, el poder de discernimiento del menor adoptable, ya que su poder de decisión es sacrificado en el altar del llamado progresismo y como al derecho le anteceden los hechos, y este debe crearse dentro de nuestro contexto cultural que incluye las creencias religiosas, sería sano que el Constituyente Primario sea quien decida, y no que la Corte Constitucional juegue a ser Dios y a esculpir las conciencias.

*Directora Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación - U- Libre de Cartagena.

tbarrozo@hotmail.com
 

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