Columna


Consultas internas de los partidos

EDMUNDO LÓPEZ GÓMEZ

07 de junio de 2011 12:00 AM

EDMUNDO LÓPEZ GÓMEZ

07 de junio de 2011 12:00 AM

Hace varios años se planteó el debate entre quienes le daban un carácter abierto a la consultas internas de los partidos, permitiendo que pudieran votar en la convocada por uno solo de ellos, militantes de otros partidos,- ya fuera para seleccionar candidatos a cargos de elección popular o para elegir sus directivas- y entre quienes sosteníamos que dada la naturaleza de la consulta, esto es, de ser interna, ella debía limitarse a los afiliados de la colectividad o movimiento política que la hubiere solicitado.
Nunca nos convencieron los argumentos que se esgrimían para sustentar la primera de las posiciones en cuanto sus voceros alegan que habría mayor participación ciudadana, lo cual significaría también – según ellos. “mayor democracia”.
Contrariamente, pensábamos – y seguimos pensando -, que desde el punto de vista de la ética política, permitir que un partido distinto al que solicitó la consulta interna interfiera en ese proceso , así esté custodiado por las autoridades electorales- , es una forma grosera de institucionalizar el fraude, pues éste también se patentiza cuando personas extrañas a una colectividad votan para decidir sobre asuntos que no tienen que ver con su ideología o los intereses de una organización política a la cual no pertenecen.
Por el carácter de las consultas partidistas, esto es, de ser internas, se ha debido EVITAR abrirlas a la participación de ciudadanos pertenecientes a otros partidos. Pero muchas veces nuestros legisladores no se percatan de los errores cometidos y prefieren mantener en las normas electorales disposiciones que, en lugar de fortalecer la democracia, la distorsionan.
En las democracias maduras del mundo, cuando se apela a la selección de candidatos o a la toma de decisiones por la vía de la consulta, pero limitadas a la de sus afiliados y en muchos de ellos, se exige, además, que sean activistas y no solamente tengan la condición de adherentes o simpatizantes; condición que se debe acreditar mediante el carné o documento de identificación respectivo.
He puesto el ejemplo del PSOE español, en el cual existe un censo electoral de activistas del partido, el cual rige para consultar decisiones o asuntos que tengan que ver con la vida interna y donde no participan más de 500.000 personas, así concurran en las en las elecciones generales más de diez millones de votantes que pertenecen o simpatizan con ese Partido.
Valgan las anteriores reflexiones para afirmar que en nuestro país el actual sistema de consulta de los partidos no genera credibilidad alguna, y que por tanto se impone una reforma legal que limite esas consultas al censo electoral interno de los partidos, conformado por sus activistas, con el aval, por supuesto, de las autoridades electorales.
Hace cincuenta años el doctor Carlos Lleras Restrepo, presentó la iniciativa de carnetizar a los activistas liberales; iniciativa que, sin embargo, no ha tenido ha tenido cabal desarrollo. Creemos que llegó el momento de adoptarla y ojalá que el nieto del ilustre ex presidente liberal, el ministro Vargas Lleras, se acuerde de ella para proponerla en un nuevo Estatuto Legal de los Partidos.

*Ex congresista, ex ministro, ex embajador.

edmundolopezg@hotmail.com
 

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