Columna


Justica y reparación

GIL ALBERTO FALCÓN PRASCA

23 de junio de 2011 12:00 AM

GIL ALBERTO FALCÓN PRASCA

23 de junio de 2011 12:00 AM

 pesar que la CP de 1991 cumplió 20 años y llevó a rango de derecho fundamental el de sindicalización, los jueces, Minprotección, el Gobierno y los empresarios siguen desconociendo el bloque de constitucionalidad, convenios de la OIT, las normas laborales y penales que los protegen.
En Cartagena, si un trabajador tercerizado recibe un boletín o se sindicaliza, participa en reunión o manifestación pacífica, se le despide fulminantemente, como si delinquiera.
El empleador que en muchos casos también es servidor público, la Procuraduría, Minprotección, ni la Fiscalía los investiga por estos delitos.
Por presiones de la Unión Europea, Canadá y los EUA, Santos y los empresarios firman acuerdos para cumplir los mandatos de la CP de 1991, la legislación laboral y convenios OIT. También el Acuerdo 7 de abril  2011, entre los gobiernos de Obama y Santos, y el Acuerdo 26 de Mayo 2011,  entre la CGT, ANDI y Santos. En la 100 Conferencia de la OIT, se anunció por el gobierno de Santos una nueva era de justicia social laboral.
Aparecen mensajes institucionales de la procuraduría en RCN y Caracol sobre “los derechos de la clase trabajadora”. El Decreto 2025-8 junio 2011, Art- 1°. Para los efectos del art- 63 Ley 1429 del 2010, cuando se menciona la intermediación laboral, se entenderá como enviar trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o instituciones.
Sentencia C-330-1995, Sentencia CSJ- 25714- 2006: las Cortes reiteran que el exceso en la contratación a término fijo, superando la prorroga adicional de 6 meses, convierte al usuario de la empresa en patrón y la EST en solidaria de una relación laboral a término indefinido.
Ley de Seguridad Ciudadana, Art- 26, Violación de los derechos de reunión y asociación. El que impida o perturbe una reunión lícita o el ejercicio de los derechos que conceden las leyes laborales o tome represalias con motivo de huelga, reunión o asociación legítimas, incurrirá en pena de prisión de 1 a 2 años y multa de 100 a  300 SMLV.
La sentencia C-614 de 2009 prohibió desnaturalizar y ocultar las verdaderas relaciones de trabajo en el Estado, cuando ocultan verdaderas relaciones de trabajo a través de CTA, EST u OPS.
El convenio 87 OIT, art-2, establece que “todos los trabajadores, sin distinción deben gozar del derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes o de afiliarse a los sindicatos de la empresa en la que desarrollan sus actividades”.
Convenio OIT- 169 - Derecho a la consulta previa en las decisiones que les afectan y sus DESC.
El 16 junio de 2011, en Ginebra, fue aprobado el Convenio 189-OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos.
A pesar de ello,  multinacionales y grandes empresas, aún no han mostrado ninguna preocupación sobre las violaciones de los derechos laborales: Propilco, Seatech, Reficar, Tubos del Caribe, Electricaribe, Sociedad Portuaria, etc.
Los damnificados con la Ley 50-90 y la que hace que la noche termine a la 10:00 PM, los que tienen 15,20 años de ser víctimas de la intermediación con las CTA y EST, los despedidos injustamente, tienen derecho a exigir al Estado y a al Congreso, una nueva ley de indemnización del pago de las prestaciones sociales y salarios, pensiones, reintegros, así como se aprobó la Ley de víctimas.

*CUT BOLÍVAR  

cutbolivar@gmail.com

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