Columna


La lucha contra la corrupción

RUDOLF HOMMES

24 de julio de 2011 12:00 AM

RUDOLF HOMMES

24 de julio de 2011 12:00 AM

La corrupción perjudica el crecimiento económico, el ingreso por habitante, la inversión extranjera y la doméstica, el comercio internacional y la estabilidad de precios. Daña el bienestar económico y es quizás el mayor impedimento para el desarrollo. Los países desperdician parte de su PIB potencial en ella.
En Colombia, la corrupción puede haberle restado al ingreso per cápita por habitante entre 5 y 10 por ciento hasta 1995 (Axel Dreher and Thomas Herzfeld, “The Economic Costs of Corruption: A Survey and New Evidence”,2005). Gobernando, la corrupción resta eficiencia y productividad total porque el Gobierno obstaculiza en lugar de ser productivo y obtiene recursos del sector privado para desperdiciarlos en malos proyectos y en transferencias a políticos y afiliados. Corroe la confianza popular en sus dirigentes y debilita las instituciones.
Se sancionó una nueva ley anticorrupción y tanto Santos como Germán Vargas expresaron su la voluntad política para combatirla. El Presidente opinó en el prólogo del libro de un reconocido experto internacional que identifica siete elementos esenciales en la lucha contra la corrupción: voluntad, legislación, estrategia, acción coordinada, recursos, apoyo del público y perseverancia. Dice que habrá una política de Estado con estrategias de prevención, investigación y sanción de la corrupción, así como de promoción de la cultura de la legalidad en coordinación con las entidades de control e investigación del Estado e internacionales; y enfatiza la necesidad de perseverar y educar a la población para que respete lo público, tenga apego a la ley y colabore en la lucha contra la corrupción. La educación es muy importante porque en Colombia se espera que los políticos sean corruptos, y no afecta su popularidad en casos bien conocidos.
Santos no se refirió al papel funesto del clientelismo en la corrupción. La ley anticorrupción es buena, y excelente prohibirle a quienes financian campañas, contratar con el Estado. Pero si al Procurador, al Fiscal y al Contralor los nombran o designan los parlamentarios clientelistas, y si a los funcionarios los nombran por su filiación política, clientelista la mayoría, sin exigirles responsabilidad con el Estado, no habrá ley ni voluntad política que valga y todo será igual o peor.
Pese a ello, se ve algo positivo: la Presidencia de la República, responsable de controlar y prevenir la corrupción, obtuvo en la ley anticorrupción mayores herramientas para combatirla: permite al Presidente nombrar directamente a los responsables del control interno en las entidades nacionales. En la reglamentación se puede pensar en una oficina o Departamento Nacional de Inspección o de Control Interno técnica, modelada en el DNP, que depende de Presidencia, o el Banco de la República, que han permanecido relativamente inmunes al clientelismo.
Esa entidad debe coordinar independientemente la estrategia de control interno del Estado y la acción de los inspectores de finanzas en las entidades públicas. La misma reglamentación debería establecer lineamientos de control interno similares a las guías para auditoría y control interno que emanan de leyes como la de Sarbanes-Oxley, de Estados Unidos, para el sector privado, pero aplicables a cualquier organización.
También es indispensable identificar en cada entidad las instancias de conflicto de interés y educar a los funcionarios y al público para distinguirlas y denunciarlas.

rhommesr@hotmail.com

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS