Desde 2006 el Gobierno nacional se inmiscuyó de manera abusiva, -y tal vez ilegal- en las competencias de los alcaldes y concejos municipales, derogando parte de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) que la mayoría de las ciudades adoptó desde principios de la década pasada.
El (POT) es el instrumento más importante de los municipios colombianos para planear y regular el desarrollo de su territorio. Debe tener un proceso participativo en el que los sectores público y privado concierten sus intereses para establecer reglas para la ocupación y utilización del territorio, que garanticen un desarrollo competitivo, equitativo y sostenible.
Esencial para el POT es la reglamentar el uso del suelo, para definir dentro de la ciudad áreas morfológicas homogéneas para determinar el tipo de construcciones en cada una de ellas, teniendo en cuenta la infraestructura disponible para el transporte y los servicios públicos, los riesgos naturales del terreno, el equipamiento colectivo y la conservación del espacio público.
Con base en esa reglamentación se deben expedir las licencias de urbanización y construcción, garantizando que el interés privado de los constructores se armonice con el interés público y se logre un desarrollo racional y armónico de las ciudades.
Sin embargo, por un decreto del Gobierno nacional (el 564 de 2006, reemplazado por el 1469 de 2010), buena parte de las licencias de construcción en los municipios no deben adecuarse a las exigencias de los POT vigentes desde el año 2000, sino a normas muy anteriores y ya obsoletas.
Dicen los mencionados decretos que “Los titulares de licencias de parcelación y urbanización tendrán derecho a que se les expida la correspondiente licencia de construcción con base en las normas urbanísticas y reglamentaciones que sirvieron de base para la expedición de a licencia de parcelación o urbanización”.
Antes de este esperpento, el decreto 1600 de 2005 establecía que las licencias tendrían una vigencia de 24 meses prorrogables por 12 meses; además en el caso de la licencia de construcción, para la prórroga se exigía que se hubiera adelantado el 50% de la construcción de la estructura. Se sospecha que fue la presión de los constructores privados la que motivo este cambio, para poder utilizar normas urbanísticas anteriores más laxas, que les permite extraer una mayor utilidad sobre el precio de la tierra.
Las consecuencias de este golazo del Gobierno de la confianza inversionista a los municipios son graves. En Bogotá se estima que una tercera parte del suelo urbano por desarrollar quedó por fuera del POT vigente, de manera que se ha debilitado el esfuerzo de Planeación Distrital por ordenar el crecimiento de la ciudad.
En Cali, en la zona de los cerros se siguen autorizando construcciones de 12 pisos con base en licencias de hace más de 20 años, en contra del POT vigente que solo permite alturas de 5 pisos por razones de prevención de riesgos y disponibilidad de infraestructura vial. La exagerada densificación de las laderas de Cali generará enormes problemas de movilidad y tránsito, casi imposibles de resolver por su topografía.
Uno de los principios centrales del ordenamiento territorial es la prevalencia del interés general sobre el particular (Ley 388 de 1997). Los decretos del Gobierno atentan contra de estos principios y los municipios se resignan.
macabrera99@hotmail.com
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