Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
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Persona separada de hecho, que requiere divorcio para legalizar su situación con actual compañera



Resumen del caso: 
Es importante su inquietud, y muy válida, porque hasta tanto no formalice el divorcio con su actual esposa –por mucho que hace rato no convivan-, nunca se formará sociedad patrimonial con otra pareja, ya que la ley colombiana prohíbe expresamente la constitución de dos sociedades patrimoniales vigentes al mismo tiempo. Su situación actual –la de no haberse divorciado-, genera riesgos económicos importantes. Todo bien –mueble o inmueble- que usted adquiera mientras se encuentre vivo el vínculo matrimonial, se encontrará sujeto al régimen de la sociedad conyugal con su actual esposa, pudiendo ella tener derecho al 50% del patrimonio de dicha sociedad. Por eso lo más sano y recomendable es que instaure el proceso de divorcio para luego de disuelta u liquidada la sociedad conyugal, se genere una nueva con su actual compañera. Esa es la única forma de definir, como usted lo pregunta, lo relacionado con su estado civil. Ahora, lo manifestado anteriormente no toca para nada las OBLIGACIONES suyas, ni sus derechos con relación a sus hijos, los cuales se mantienen intactos. En cuanto a donde puede acudir, en virtud de no tener medios económicos para pagar al abogado que debe representarlo en el juicio de divorcio, la respuesta no puede ser absoluta: aunque los consultorios jurídicos universitarios son los sitios ideales para prestar asesoría legal a personas de escasos recursos, estos no cuentan con la competencia legal para que sus estudiantes lleven a cabo esta clase de demandas, pues la ley 583 de 2000, no la consagra en su catálogo, razón por la cual no podrán ayudarlo en ese sentido, salvo que le lleve el caso de manera directa, un abogado profesor asesor del área de derecho de familia adscrito al consultorio. El problema es que muy pocos consultorios jurídicos de nuestro país operan bajo esa modalidad. Sin embargo, no está demás que averigüe. Otra salida sería que averiguara en la defensoría del pueblo para ver si ellos le pueden prestar la colaboración en ese sentido. CESAR FARID KAFURY BENEDETTI Director General Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación - Universidad de San Buenaventura Seccional Cartagena
Respuesta a la consulta: 

Es importante su inquietud, y muy válida, porque hasta tanto no formalice el divorcio con su actual esposa –por mucho que hace rato no convivan-, nunca se formará sociedad patrimonial con otra pareja, ya que la ley colombiana prohíbe expresamente la constitución de dos sociedades patrimoniales vigentes al mismo tiempo. Su situación actual –la de no haberse divorciado-, genera riesgos económicos importantes. Todo bien –mueble o inmueble- que usted adquiera mientras se encuentre vivo el vínculo matrimonial, se encontrará sujeto al régimen de la sociedad conyugal con su actual esposa, pudiendo ella tener derecho al 50% del patrimonio de dicha sociedad. Por eso lo más sano y recomendable es que instaure el proceso de divorcio para luego de disuelta u liquidada la sociedad conyugal, se genere una nueva con su actual compañera.

Esa es la única forma de definir, como usted lo pregunta, lo relacionado con su estado civil.

Ahora, lo manifestado anteriormente no toca para nada las OBLIGACIONES suyas, ni sus derechos con relación a sus hijos, los cuales se mantienen intactos.

En cuanto a donde puede acudir, en virtud de no tener medios económicos para pagar al abogado que debe representarlo en el juicio de divorcio, la respuesta no puede ser absoluta: aunque los consultorios jurídicos universitarios son los sitios ideales para prestar asesoría legal a personas de escasos recursos, estos no cuentan con la competencia legal para que sus estudiantes lleven a cabo esta clase de demandas, pues la ley 583 de 2000, no la consagra en su catálogo, razón por la cual no podrán ayudarlo en ese sentido, salvo que le lleve el caso de manera directa, un abogado profesor asesor del área de derecho de familia adscrito al consultorio. El problema es que muy pocos consultorios jurídicos de nuestro país operan bajo esa modalidad. Sin embargo, no está demás que averigüe. Otra salida sería que averiguara en la defensoría del pueblo para ver si ellos le pueden prestar la colaboración en ese sentido.

CESAR FARID KAFURY BENEDETTI
Director General Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación - Universidad de San Buenaventura Seccional Cartagena

Respondida: 
Si

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