Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
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Efectivamente su hermano al cumplir la mayoría de edad, no puede seguir siendo representado por su madre, por lo tanto el joven podrá acudir directamente a la Comisaría de Familia para que nuevamente se cite a través de ese conducto a diligencia de Conciliación con su padre, quien podrá decidir cuando y como según sus ingresos realizar el aumento de la cuota alimentaria para su respectivo pago y con relación a donde, las partes deberán ponerse de acuerdo para establecer en donde se cumplirá con la obligación .
Por lo anterior es preciso anotar que si no esta conforme con la labor realizada por la Comisaría de Familia, podrá asistir a los Centros de Conciliación y Consultorios Jurídicos de las Universidades, o de lo contrario continuar con el proceso que se lleva a cabo o que se dirija a nuestro consultorio jurídico y centro de conciliación para realizar una audiencia de conciliación en donde se busque el incremento de la cuota alimentaría debido a que este es un medio eficaz de resolución de conflicto y que el acta de conciliación presta merito ejecutivo y le da mayor credibilidad
Si se le presenta cualquier otra inquietud Usted Puede dirigirse a nuestro consultorio jurídico- Centro de Conciliación ubicado en el Centro Calle Estanco del Tabaco N° 35-16 teléfono 6602015
Cordialmente,
CIRA MARRUGO CALVO
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